PINWEB S.R.L.

Fecha de disposición19 Octubre 2018
Fecha de publicación19 Octubre 2018

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 9

SECRETARÍA NRO. 17

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro. 9 - Secretaría Nro. 17-, sito en Sarmiento 1118, tercer piso de CABA, notifica a la persona jurídica PINWEB SRL (CUIT Nro. 30-71016847-0) y a Leonardo Silva (DNI Nro. 28007509) lo dispuesto en el marco de la causa Nro. 1824/2016, caratuñlada: "PINWEB SRL sobre infracción ley 24769", que a continuación se transcribe de manera textual: "////Buenos Aires, 25 de septiembre de 2018... I.CITAR en los términos del artículo 294 del CPPN a Leonardo SILVA y a la persona jurídica PINWEB SRL en las audiencias que a tal fin se fijan para el día 29 de noviembre de 2018, a las 10.00 y 12.00 horas respectivamente. II. INTIMAR a Leonardo Silva a que, dentro del tercer día de notificado, proponga abogado defensor de su confianza, bajo apercibimiento de designarles de oficio por el tribunal, para proveer a su defensa, al Defensor Público Oficial que por turno corresponda (arts. 104 y 107 del CPPN). III. HACER SABER al representante legal de la persona jurídica mencionada que deberán acreditar fehacientemente su personería el día en que se llevará a cabo la audiencia fijada por medio de la presente y que -dentro del tercer día de notificadas- deberá proponer abogado defensor del ente ideal, bajo apercibimiento de designársele de oficio por el tribunal, para proveer a su defensa, al Defensor Público Oficial que por turno corresponda (artículos 104 y 107 del Código Procesal Penal de la Nación). IV. HACER SABER a Leonardo SILVA y a PINWEB SRL las disposiciones del artículo 16 del Régimen Penal Tributario, texto según ley 27430, y que el plazo allí previsto rige a partir de la notificación de la presente. Regístrese, protocolícese y notifíquese con transcripción de las normas citadas y haciéndose saber expresamente que las constancias aludidas en la presente se encuentran a disposición de los epigrafiados para ser compulsadas por Secretaría. El artículo 16 del Régimen Penal Tributario, texto según ley 27430, y que el plazo allí previsto rige a partir de la notificación de la presente, el que a continuación se transcribe de manera textual: "... artículo 16 (T.O. ley 27430): "En los casos previstos en los artículos 1°, 2°, 3°, 5° y 6° la acción penal se extinguirá, si se aceptan y cancelan en forma incondicional y total las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR