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EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2008

Expediente Nº 497/07, respecto a CARLOS SANABRIA, Cedula de Identidad de la Republica Federativa del Brasil Nº 8.796.980-0, sin apodos ni sobrenombres, de nacionalidad brasileña, de estado civil soltero, instruido, de 41 años de edad, domiciliado en zona rural Santa Rita, departamento Paraná, República del Paraguay, hijo de Rosalino Sanabria Marecos y de Claudia Cándida Ortiz, nacido el 22 de Abril de 1966 en la ciudad de Cascabel, Estado de Paraná,

Republica Federativa del Brasil, de profesión chofer, la que dispone: 'SENTENCIA Nº 03.

CORRIENTES, 09 de Mayo de 2008.- Y VISTOS:

6º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las comunicaciones correspondientes, notificar al imputado Carlos Sanabria, oficiándose al efecto a la 'Prisión Regional de Norte'(U-7) dependiente del Servicio Penitenciario Federal con sede en la ciudad de Resistencia, capital de la Prov. del Chaco, actual lugar de alojamiento del procesado en autos, con remisión del testimonio de la presente Sentencia y, oportunamente archivar.- FDO.: Dr. VICENTE CONSTANCIO ESPOSITO ------ Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO-- Dra.LUCRECIA M.ROJAS DE BADARO--- Jueces de Cámara. Ante mí: Dra.

SUSANA BEATRIZ CAMPOS--- Secretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes'.

Sebastián Avila, secretario de ejecución.

e. 05/09/2008 Nº 583.875 v. 11/09/2008 EDICTO: Por disposición de S. SA. La señora Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE BADARO, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia Nº 02 de fecha 30 de Abril de 2008, en la causa caratulada: 'CALLE, CARLOS ALBERTO S/ TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES',

Expediente Nº 493/07, respecto a CARLOS ALBERTOCALLE,DNI.Nº13.724.228,sinapodos ni sobrenombres, de nacionalidad argentino, de estado civil soltero, domiciliado en calle Antonio Malaver Nº 1.230, de la Ciudad de Haedo, Prov.de Buenos Aires, hijo de Gladis Arminda Guardiola y de Héctor Nilson, nacido el 27 de Diciembre de 1959 en Capital Federal, de profesión pintor-decorador, con instrucción secundaria incompleta, la que dispone: 'SENTENCIA Nº 02.

CORRIENTES, 30 de Abril de 2008.- Y VISTOS:

Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) CONDENAR a CARLOS ALBERTO CALLE, DNI Nº 13.724.228, de nacionalidad argentina, ya filiado en autos, a la pena de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225,00), la que deberá hacerse efectiva en el termino de treinta (30) días de quedar firme la presente, como autor responsable del delito previsto y reprimido por el Art. 5 inc. C) de la Ley 23.737, mas accesorias y costas legales (Arts.12, 40 y 41 del Código Penal; 530 y 531 del CPPN).

6º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, notificar a los imputados, cursar las comunicaciones correspondientes y oportunamente archivar.- FDO.: Dr. VICENTE CONSTANCIO ESPOSITO ------ Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO-- Dra. LUCRECIA M.

ROJAS DE BADARO--- Jueces de Cámara.

Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS--Secretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes'.

Sebastián Avila, secretario de ejecución.

e. 05/09/2008 Nº 583.877 v. 11/09/2008 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANA-ENTRE RIOS EDICTO: por disposición de la Sra. Presidente Dra. Lilia Graciela Carnero; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs. 221/222, de la causa Nº 581/01, caratulada:

'FIGUEROA HECTOR DANIEL - USO DOC.PCO.

  1. - DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCION PENAL, y en consecuencia SOBRESEER (arts. 76 ter, 4to. párr. del Código Penal y 336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N.) a Héctor Daniel FIGUEROA, DNI Nº 11.723.959, de nacionalidad argentina, sin sobrenombres o apodos, nacido en fecha 16 de agosto de 1955 en la ciudad de Buenos Aires, hijo de Héctor José y de Albina Bonfiglio, de estado civil soltero, de instrucción terciaria completa, de ocupación ingeniero agrónomo, con último domicilio fijado en autos en calle Hortiguera Nº 259, 2º piso, depto C de la ciudad de Buenos Aires, por el delito de uso de documento público adulterado, destinado a acreditar la habilitación de los automotores para circular (art. 296 en relación al art. 292 del Cód.

REGISTRESE, notifíquese, líbrense los despachos del caso y, en estado, archívese.Fdo.: Lilia Graciela Carnero - Presidente - David Alejandro Chaulet - Juez de Cámara-, Roberto M. López Arango - Juez de Cámara -, Ante Mi:

Beatriz María Zuqui - Secretaria, c.b.

e. 05/09/2008 Nº 583.894 v. 11/09/2008 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL SANTA FE-SANTA FE El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe,

RESUELVE:

  1. CONDENAR a FABIAN HORACIO INSAURRALDE MARTINEZ, cuyos demás datos de identidad obran precedentemente, como autor responsable del delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES (art. 5º, inc. 'c', ley 23737), a sufrir la pena de CUATROAÑOS y DOS MESES DE PRISION, y a pagar en concepto de multa la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 350,00.-), dentro del término previsto en el art.

    501 del C.P.P.N., bajo apercibimientos de ley (art.

    21 del Cód. Penal), con más las accesorias del art. 12 del Cód. Penal.

  2. IMPONER al condenado las costas del juicio, y en consecuencia el pago de la tasa de justicia que asciende a la suma de pesos sesenta y nueve con setenta centavos ($ 69,70), intimándolo a hacerlo efectivo en el término de cinco (5) días bajo apercibimiento de multa del cincuenta por ciento (50%) del referido valor, si no se efectivizare en dicho término.

  3. ORDENAR que por Secretaría se practique el cómputo legal, con notificación a las partes (art. 493 del - C.P.P.N.).

  4. DISPONER la destrucción del material estupefaciente secuestrado (art. 30, Ley Nº 23.737), en acto público cuya fecha de realización será oportunamente establecida.

  5. DIFERIR la regulación de los honorarios profesionales del Dr. Claudio Torres del Sel, hasta tanto de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 2º de la Ley Nº 17.250. Agréguese el original al expediente, protocolícese la copia, hágase saber y oportunamente archívese. -JOSE M. ESCOBAR CELLO, juez de cámara,

    Presidente. -- MARIA IVON VELLA, juez de cámara. -- RAMIRO D. PUYOL, juez de cámara.

    Ante mí: DANIEL E. LABORDE, secretario de cámara, Trib. Oral en lo Criminal Federal, Santa Fe.

    e. 28/08/2008 Nº 583.644 v. 12/09/2008 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL SECRETARIA UNICA -FORMOSA El Tribunal Oral en lo Criminal de Formosa.

    RESUELVE:

  6. Absolver de culpa y cargo a RAMON MARCELO AVILA, DNI Nº 27.683.064, cuyos demás datos personales constan en autos, por el hecho que se le acusara...

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