Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 29 de Agosto de 2016, expediente CNT 015047/2013/CA001

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 15047/2013 - PINATTI JUAN ANTONIO c/ INDUSTRIAS BELLMOR S.A. Y OTRO s/DESPIDO Buenos Aires, 29 de agosto de 2016.

se procede a votar en el siguiente orden:

El D.M.S.F. dijo:

I- Contra la sentencia de primera instancia se alzan las partes a tenor de los memoriales obrantes a fs. 332/324 (actora) y fs. 328/330 (demandada).

Corridos los pertinentes traslados, las partes contestan a mérito de las piezas obrantes a fs. 332/333 (actora) y fs. 334/335 (demandada).

Asimismo, a fs. 325 el letrado patrocinante de la actora, por propio derecho, apela los honorarios regulados a su favor, por considerarlos reducidos.

II- Por razones de método, trataré en forma alternada los recursos interpuestos por las partes.

La demandada se agravia en virtud de que la Sra.

jueza “a quo” consideró que la injuria invocada como causa de despido no cumple con los requisitos establecidos en el art. 243 de la LCT.

Estimo que el agravio no debe prosperar.

Al respecto, llega firme a esta alzada que la demandada despidió al actor mediante carta documento enviada el 24/8/12 de acuerdo a los siguientes términos:

…los motivos que fundan la ruptura del contrato son amonestaciones, falta sin justificaciones y malos tratos a sus compañeros de trabajo (art. 242 y 243 LCT)…

(ver fs. 193 reconocida por la demandada a fs. 211).

En tal contexto, tengo en cuenta que de acuerdo a lo dispuesto por el art. 243 de la LCT, la causa de despido debe detallarse con claridad, indicando las circunstancias de tiempo, modo y lugar que permitan al trabajador ejercer su legítimo derecho de defensa en juicio previsto en el artículo 18 de la Constitución Nacional (en el mismo sentido, esta S., “in re”, Fecha de firma: 29/08/2016 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20480869#160644671#20160829114130419 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX “M.S. c/ Miscelaneos S.R.L. s/ Despido”, SD 17.340 del 30/9/2011).

Así las cosas, considero que en el presente caso la demandada se limitó a señalar de manera genérica e imprecisa que el despido obedece a “amonestaciones, falta sin justificaciones y malos tratos a sus compañeros de trabajo”, pero no especificó ni identificó

con fecha cierta y descripción concreta e individualizada los hechos mencionados.

Observo, asimismo, que no invocó ni demostró la ocurrencia de un hecho desencadenante a los efectos de justificar el despido.

En este contexto, a mi modo de ver, resulta abstracto analizar la argumentación recursiva en lo que hace al cuestionamiento de la valoración de las pruebas documental y testimonial producidas en autos.

Por lo expuesto, propongo rechazar el agravio bajo análisis.

III- Seguidamente analizaré el agravio esbozado por la actora, dirigido a cuestionar el rechazo del reclamo por diferencias salariales.

Estimo que el mismo no debe prosperar.

Al respecto, considero que las declaraciones de las testigos L. (fs. 274) y Capris (fs. 285) no resultan suficientes para acreditar que el actor desempeñaba tareas correspondientes a la categoría pretendida (Oficial múltiple – cct 260/75).

En tal sentido, coincido con la Sra. magistrada de grado en cuanto a que las testigos mencionadas no se desempeñaban junto al actor en las plantas de la demandada sitas en las calles P. y Paroissien...

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