Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 15 de Agosto de 2018, expediente B 75295
Presidente | de Lázzari-Soria-Genoud-Kogan |
Fecha de Resolución | 15 de Agosto de 2018 |
Emisor | SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA |
B.75.295 "PILO, CECILIA ALEJANDRA C/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ EJECUCION DE SENTENCIA. --CONFL. DE COMPETENCIA ART. 7° INC. 1° LEY 12.008--"
La Plata, 15 de agosto de 2018.
AUTOS Y VISTOS:
I.C.A.P., por derecho propio, quien se presenta con patrocinio letrado, promueve el presente incidente de ejecución de sentencia contra la Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires con el objeto de que se haga efectiva la sentencia recaída el 1 de octubre de 2012, en la que se resolvió hacer lugar al aumento en la cuota alimentaria en concepto de asignación familiar por hijo discapacitado y ayuda escolar.
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La causa fue asignada al Juzgado de Paz Letrado de B., cuya titular se declaró incompetente tras entender que la demandada directa -Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones- es un ente autárquico, correspondiendo de este modo la intervención del fuero Contencioso Administrativo (arts. 1, inc. 1 y 2 y 2 inc. 4, ley 12.008 y 166 de la Const. prov.) y remitiendo las presentes actuaciones al fuero especializado (fs. 31).
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Desinsaculado el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 del Departamento Judicial de M., su titular rehusó la competencia atribuida por la magistrada de origen, al advertir la existencia de dependencia entre el juicio principal y sus diversos incidentes, encontrándose en juego razones de economía procesal y, además, un mejor conocimiento de las circusntancias fácticas vinculadas al proceso principal (arts. 6 y 499, C.P.C.C.), planteando de este modo la cuestión ante la Suprema Corte para que sea dirimida de acuerdo a lo dispuesto por el art. 7 inc. 1 y 2 del C.P.C.A (fs. 42 y vta.).
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Esta Suprema Corte ha resuelto que es competente el juez del proceso principal para entender en la tramitación y resolución de incidentes promovidos en el mismo (doctr. causas Ac. 37.036 “Murchison SA”, res. del 2-VI-1987; B. 68.039 “Falabella”, res. del 6-X-2004; B. 66.099 “F.”, res. del 22-XII-2004; B. 70.615 "S.M.", res. del 2-XII-2009; B...
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