PHYSEC PHYSICAL SECURITY S.A.

Fecha de disposición25 Junio 2015
Fecha de publicación25 Junio 2015
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta33158

PHYSEC PHYSICAL SECURITY S.A.

1) Esc 46 del 19/6/2015, Registro 920 CABA. 2) Ricardo Miguel AVELLANEDA argentino nacido 18/03/1953 casado en primeras nupcias con Silvia Gladys Versaci licenciado en relaciones públicas DNI 10773088 C.U.I.T. 20-10773088-6; Carolina AVELLANEDA argentina nacida 26/10/1984 soltera licenciada en diseño de indumentaria y textil, DNI 31218120, C.U.I.T. 27-31218120-2; Sabrina AVELLANEDA argentina nacida 27 /05/1989 soltera licenciada en historia y gestión del arte DNI 34506895 C.U.I.L. 27-34506895-9; y Nicolás AVELLANEDA argentino nacido 01/09/1986 soltero empleado administrativo DNI 32592136 C.U.I.L. 20-32592136-7; los tres últimos hijos de Ricardo Miguel Avellaneda y Silvia Gladys Versaci; todos domiciliados en Av del Libertador 4652 7º CABA.- 3) PHYSEC PHYSICAL SECURITY SA 4) Avenida Luis Maria Campos número 621 Piso 5º Departamento “A” CABA.- 5) La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, y/o por cuenta de terceros y/o sociedades y/o participación con otras personas físicas y/o jurídicas dentro del marco de las disposiciones legales del territorio nacional, y/o fuera del mismo a: 1) Venta, concesión e instalación y mantenimiento de alarmas, dispositivos electrónicos, cámaras y sistemas de seguridad, así como cualquier otro dispositivo de control que incumba el área de seguridad. 2) Vigilancia con dispositivos centrales de observación, registro de imagen, audio y/o alarmas. 3) Explotación de centrales para la recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y cámaras y su comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. 4) Vigilancia privada, custodia, portería y protección de bienes, propiedades, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones. 5) La custodia y protección de personas determinadas, previa la autorización correspondiente. 6) El depósito y custodia de monedas y billetes, títulos, valores, mercadería en tránsito y demás objetos que, por su valor económico y expectativas que generen, o por su peligrosidad, puedan requerir protección especial, sin perjuicio de las actividades propias de las entidades financieras, las que quedan excluidas del objeto social. 7) El transporte y distribución de los objetos a que se refiere el apartado anterior a través de los...

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