Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 5 de Septiembre de 2017, expediente FMZ 002450/2016
Fecha de Resolución | 5 de Septiembre de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 2450/2016/CA1 Mendoza, 05 de Setiembre de 2017.-
AUTOS Y VISTOS:
Los presentes N° FMZ 2450/2016/CA1, caratulados:
PETRI, ROBERTO DOMINGO S/ APROPIACIÓN INDEBIDA DE TRIBUTOS
venidos del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº
1 de Mendoza, a esta Sala “B” en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del causante a fs. 48 contra la resolución de fs. 44/47 y vta. por la que se
RESUELVE:
...ORDENAR EL PROCESAMIENTO SIN PRISIÓN PREVENTIVA de R.D.P., DE LA RETA de ap. materno, hijo de S.E. y de L.S., DNI Nº 10.869.241, argentino, nacido en Mendoza el día 9/09/1953, escribano, casado, domiciliado en la calle S.L. s/n de Rivadavia- Mendoza por estimarlo “prima facie”
autor penalmente responsable de la presunta comisión del delito previsto y reprimido por el art. 6° de la Ley 24.769 en relación al período fiscal noviembre de 2010 del Impuesto a las Ganancias por la suma de $55.500,00 correspondiente al 03 % del valor de la operación de venta instrumentada en la Escritura número noventa y tres de fecha 30/11/10 del Registro Nº 118 de la Ciudad de Rivadavia, Departamento homónimo de esta provincia de Mendoza del cual es titular; consignada en su declaración jurada de retenciones y percepciones (F. 744) (art.
306 del C.P.P.N.).…
CONSIDERANDO:
-
Que a fs. 48 el Defensor de P. interpone recurso de apelación motivado, contra el auto que dicta el procesamiento de R.D.P. en orden al delito previsto y reprimido por el art. 6 de la ley 24.769.-
Fecha de firma: 05/09/2017 Alta en sistema: 20/09/2017 Firmado por: R.J.N., J.S. de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado por: R.A.F., J.S. de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: R.H.M., S. de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza #28012525#187391823#20170908084836847 Dicha defensa entiende que el A-quo considera que se consumó el delito, sin tener en cuenta que su pupilo se encontraba en cesación de pago y luego con la Quiebra declarada por lo que no podía cumplir con sus obligaciones sin romper la igualdad con los acreedores.-
-
Que ya en la Alzada, la defensa del encartado se presenta a fs. 58/60 a cumplir con el emplazamiento del art 454 del CPPN y solicita la revocación del auto apelado y el sobreseimiento de su defendido o en subsidio su falta de mérito.-
Que a su turno, el Sr. Fiscal General ante esta Cámara, por las argumentaciones que expone, las que se dan por reproducidas, solicita que se rechace el planteo defensista y confirme la resolución apelada (fs. 61 y vta.).-
-
Esta S. es de opinión que corresponde no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa de P. y en consecuencia confirmar el procesamiento del mismo en orden al delito tipificado por el art. 6 de la ley 24.769, ello así por las consideraciones que seguidamente se expondrán.-
Es que, se estima que existen en la causa, elementos suficientes para sostener que es probable que R.D.P. se haya apropiado indebidamente de tributos, ya que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba