PESQUERA TRES MARIAS s/ Quiebra

Fecha de disposición17 Junio 2015
Fecha de publicación17 Junio 2015
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta33152

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 23

SECRETARÍA N° 46

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23, Secretaría Nº 46, sito en Marcelo T. de Alvear 1.840, PB, comunica por cinco días en autos caratulados “PESQUERA TRES MARIAS S.A. s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE VENTA – Inmueble en Mar del Plata “ (Expte. Nº 54194/2008/15), que el martillero Patricio Ariel Rodríguez Sordi, rematará en la calle Jean Jaures 545, Cap. Fed., el día 1 de julio de 2.015 a las 11:00hs. –en punto- la propiedad sita en la calle Marcelo T. de Alvear 843/845, Ciudad de Mar del Plata, Pdo. de Gral. Pueyrredón (45), Provincia de Buenos Aires; Nomenclatura catastral: Circ. VI, Secc. H, Manz. 23a, Parc. 9; Matrícula: 116.217, Partida: 184.071-1 (fs. 1/3 y 17/18) y Nomenclatura catastral: Circ. VI, Secc. H, Manz. 23a, Parc. 6ª, Matrícula: 196.612; Partida: 184.068 (fs. 10/11 y 20/23). La propiedad tiene salida por dos calles Marcelo T. de Alvear y Carasa y está desarrollada en dos plantas separadas por una losa de hormigón armado y cuenta con un subsuelo que se encuentra bajo la entrada de camiones. El inmueble se encuentra en total estado de abandono, no cuenta con ninguna puerta, ventanas, ni techo. AD-CORPUS. BASE: $800.000.- Venta al contado y al mejor postor. Seña 20%. Comisión 3%. Sellado de Ley Prov.. 1,2%. Arancel 0,25% (Acord. 24/00). Se recibirán ofertas bajo sobre, hasta las 10hs del 30 de junio de 2015, las que deberán cumplir con los recaudos señalados por la última norma. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 CPCC. Se le fija al comprador el plazo de diez días para tomar posesión del inmueble, término que se contará desde la notificación por nota de la providencia que lo declara adquirente definitivo. A partir del vencimiento de ese plazo o de la fecha de toma de posesión si esta fuere anterior, estarán a cargo del adquirente las deudas en concepto de impuestos, tasas y contribuciones...

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