Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 5 de Septiembre de 2017, expediente CCF 006988/2012/CA001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I 6988/2012 PESQUERA MAYORAZGO SAMCEI c/ PATRIMONIO EN LIQUIDACION

BANCO NACIONAL DE DESARROLLO s/LEVANTAMIENTO DE

HIPOTECA Buenos Aires, 5 de septiembre de 2017.

Y VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto y fundado por la parte actora a

fs. 289/292, cuyo traslado fue respondido por su contraria a fs. 294/297, contra la

resolución de fs. 287/288; y

CONSIDERANDO:

  1. El Tribunal, como juez del recurso, tiene facultades para

    revisarlo aun de oficio, tanto en cuanto a su procedencia, como a su trámite y

    formas, a los fines de verificar, entre otros aspectos, la validez y regularidad de

    los actos cumplidos en la anterior instancia (conf. esta S., causas 9888/93 del

    16.4.96, 16.651/95 del 30.10.97, 950/92 del 5.3.98, 23.688/99 del 30.6.98,

    11.356/95 del 15.12.98, 13.829/96 del 23.9.99, 8288/99 del 9.2.00), para lo cual no

    se encuentra vinculado por la voluntad de las partes ni por la resolución del juez,

    por más que se encuentre consentida (conf. esta S., causas 6362/94 del 19.3.98,

    4744/94 del 30.4.98, 3610/97 del 22.10.98, 1181/98 del 29.10.98, 1170/92 del

    8.10.99, 11.436/94 del 13.6.00, 6591/99 del 17.4.01; L., “El recurso

    ordinario de apelación en el proceso civil”, t. 2, pág. 6).

  2. En este orden de ideas, resulta apropiado señalar que a las

    presentes actuaciones se les ha impreso el trámite de juicio sumarísimo (conf. fs.

    68). En consecuencia, se debe recordar que el art. 498, inc. 3, del Código Procesal

    establece que todos los plazos serán de tres días, con excepción del de

    contestación de demanda, y el otorgado para fundar la apelación y contestar el

    traslado del memorial.

    Fecha de firma: 05/09/2017 Alta en sistema: 12/09/2017 Firmado por: DE LAS CARRERAS - NAJURIETA, #16020743#170323571#20170906121155591 Ahora bien, teniendo en cuenta que la resolución de fs. 287/288 fue

    notificada el día 14 de noviembre de 2016 (conforme a lo que surge del Sistema de

    ...

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