La pervivencia del Derecho Penal Romano en el contrabando rioplatense

AutorJuan Carlos Frontera
Páginas188-195
IUSHISTORIA – ISSN 1851-3522 - MISCELÁNEAS
EDITOR RESPONSABLE: FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS (USAL)
TTE. GRAL. JUAN D. PERÓN 1818 – CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
www.salvador.edu.ar/juri - tel/fax: 4373-8305
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UNIVERSIDAD DEL SALVADOR
Facultad de Ciencias Jurídicas
Facultad de Filosofía, Historia y Letras
IUSHISTORIA
Nº 4 - Octubre de 2007
ISSN 1851-3522
Buenos Aires, Argentina
www.salvador.edu.ar/juri/reih/index.htm
LA PERVIVENCIA DEL DERECHO PENAL ROMANO
EN EL CONTRABANDO RIOPLATENSE1
JUAN CARLOS FRONTERA
I
Manuel Belgrano, entonces secretario del Consulado de Buenos Aires, entendió
que para el desarrollo de la región Rioplatense eran necesarias normas adecuadas
para su tráfico comercial. En este sentido, manifestó a los comerciantes de
Montevideo: “…el proyecto económico de hacer florecientes estas Américas, ha sido un
objeto, que desde la conquista misma tiene ocupada la atención de nuestros Soberanos.
Importantes reglamentos forman la primera época de el, otros útiles instituyen su
progresiva confirmación…”2.
Comprendió que debe existir un desarrollo armónico de los sectores productivos.
Dijo en la misma oportunidad: “…El comercio, la agricultura, y la navegación son
tres ramas tan preciso en todo Cuerpo Político, como de la sangre en el natural…”.
El contrabando, concluyó, es el efecto del mal gobierno. El arribo lícito de buques
extranjeros no debe ser motivo de preocupación para los comerciantes de la plaza de
1 Ponencia presentada en las XVIII Encuentro Nacional de Profesores de Derecho Romano,
Corrientes, Octubre de 2007.
2 AGN, IX 31-1-9, exp. 3.

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