Perspectiva ontológica

AutorElvio Galati
Páginas91-107
CAPÍTULO 3
PERSPECTIVA ONTOLÓGICA
A. Ontología dual del fenómeno jurídico
Como dice el trialismo, el derecho es un fenómeno
compuesto por entes materiales e ideales. Dentro de
los primeros encontramos los repartos, y dentro de los
últimos se encuentran las normas y los valores.
Los entes ideales abarcan aquella parte de la realidad que es
solo asequible a la razón, a diferencia de la realidad material,
que además de la razón, requiere el auxilio de los sentidos,
y de la sique propia, que igualmente además de la razón
necesita la intervención de la introspección. Siendo realidad,
los entes ideales son objetivos, lo que quiere decir que son
trascendentes a la razón que únicamente los capta, pero no
los inventa. Con miras a esta objetividad es posible controlar
las armaciones de la razón como acertadas o desacertadas.
Los entes ideales pueden ser enunciativos. […] A su lado
se hallan los entes ideales que constituyen valores, entes
ideales exigentes. Por ello, los valores pueden denirse
como vocablos con un sentido de exigencia173.
La costumbre se encuentra en la parte material del
fenómeno jurídico, al ser un conjunto de repartos. Y el
reparto es una conducta. Coincide Cueto Rúa:
La costumbre es un hecho, una cierta clase de comporta-
miento humano. El hombre encuentra en su experiencia
regularidades de comportamiento. Frente a determinadas
173 GOLDSCHMIDT, Introducción, op. cit., págs. 369-370.
92 LA COSTUMBRE EN EL DERECHO ARGENTINO
circunstancias, quienes las viven responden con actos si-
milares. […]
Estudiarlo implica necesariamente intuir una realidad em-
pírica. Requiere conocer cómo se comporta la gente174.
Por ello, “las normas son entes lógicos, pero los
abogados y los jueces viven en estrecho contacto con
la realidad humana175.”
No pueden existir comunidades que se desenvuel-
van sin la costumbre, porque está en su ser que así sea:
“Para vivir el derecho, jamás sale el ser jurídico fuera
de sí o de su esencia; solo lo propio suyo es accesible a
su actividad y puede realizarlo en su vida, ya lo posea
originariamente, […] ya lo haya adquirido de extraños
infundiéndolo en su propia sustancia”176.
Decía también Montesquieu: “Corresponde al legis-
lador acomodarse al espíritu de la nación, siempre que
no sea contrario a los principios del Gobierno, pues nada
hacemos mejor que aquello que hacemos libremente y
dejándonos llevar por nuestro carácter natural”177.
Si se considera que “costumbre” contribuye a la
etimología de la palabra ética, podrá comprenderse que
cuando se explica la palabra ethos se diga que
[…] en el griego clásico [tenía] una acepción […] equivalente
a “vivienda”, “morada”, “sede”, “lugar donde se habita”. […]
[tiene] alusión a lo propio, lo íntimo, lo endógeno: aquello de
174
CUETO RÚA, Una visión realista del derecho, los jueces y los abogados,
Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2000, págs. 210-211.
175 Íd., pág. 213.
176 COS TA, op. cit., pág. 103.
177
MONTESQUIEU, Del espíritu de las leyes, trad. de Mercedes Blázquez
y Pedro de Vega, Barcelona, Altaya, 1993, pág. 213.

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