Perspectiva jurídica de la eutanasia

AutorMaría I. Dabove
Dabove, Perspectiva jurídica de la eutanasia
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Perspectiva jurídica de la eutanasia*
Por María I. Dabove
1. Introducción: definiciones preliminares
El objetivo central de este trabajo consiste en esbozar algunas reflexiones jurí-
dicas alusivas a una de las problemáticas bioéticas más debatidas en nuestro tiem-
po: la eutanasia, puesta de manifiesto a partir de los asombrosos avances logrados
en el campo de la biotecnología, la medicina y la farmacología durante el siglo XX.
Por ello, a los fines de su desarrollo nos parece conveniente comenzar precisando el
alcance de dos conceptos, que funcionarán como marcos teóricos referentes de la
exposición. Uno de ellos es el de eutanasia, para lo cual acudiremos a los aportes
teóricos de la bioética y la filosofía general. Mas la otra definición igualmente impor-
tante en este debate, se refiere al término mismo de derecho.
En este sentido, la palabra “derecho, tanto como la de “eutanasia, resultan al-
tamente conflictivas pues, su comprensión se halla unida a las diversas perspectivas
filosóficas y culturales en juego. Al tiempo que, el uso de aquellos términos que esta
comprensión permita, incide de manera directa en la toma de decisiones sobre los
conflictos planteados. En suma, según lo que entendamos por eutanasia y por dere-
cho serán, entonces, los caminos que adoptemos para la solución de controversias
al respecto
1
.
En relación con el significado de la palabra eutanasia (del griego eu: buena;
tánatos: muerte), la perspectiva bioética nos indica que ella, puede ser definida
como el proceso de anticipar la muerte de una persona que padece una enfermedad
irreversible y que, por su causa, vive en condiciones vitales muy precarias, en el pla-
no físico, psíquico y moral, que pueden ser clasificadas como indignas de su huma-
nidad
2
. Este proceso de aceleración del fallecimiento del enfermo terminal se genera
* Extraído del artículo publicado en “Zeus”, 2002, t. 89, n° 6990/91/92, p. 2 y siguientes. Biblio-
grafía recomendada.
1
En relación al problema de la multivocidad de las palabras en el mundo jurídico puede verse,
entre muchos otros: Goldschmidt, Werner, Introducción filosófica al derecho , 6ª ed., Bs. As., Depalma,
1987, p. 30 y ss.; Ciuro Caldani, Miguel Á., Panorama trialista de la filosofía del derecho en la post-
modernidad, “Boletín del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social”, n° 20,
1997; Lecciones de historia de la filosofía del derecho, Rosario, FIJ, 1994; La conjetura del funciona-
miento de las normas jurídicas, “Metodología Jurídica”, Rosario, FIJ, 2000; Prieto Sanchis, Luis, Ideo-
logía e interpretación jurídica, Madrid, Tecnos, 1987; Santos Camacho, Modesto, Ética y filosofía
analítica, Pamplona, Eunsa, 1975; Olivecrona, Karl, Lenguaje jurídico y realidad, 2ª ed., tr. E. Garzón
Valdés, México, Fontamara, 1992; Klug, Ulrich, Consideraciones sobre las definiciones semánticas en
derecho, en “Derecho, filosofía y lenguaje”, Bs. As., Astrea, 1976, p. 89 y ss.; Carrió, Genaro, Sobre
los límites del lenguaje normativo, Bs. As., Astrea, 1973; Notas sobre derecho y lenguaje, 2ª ed., Bs.
As., Abeledo-Perrot, 1979; Nino, Carlos S., Introducción al análisis del derecho, 2ª ed., Bs. As., As-
trea, 1998; Derecho, moral y política. Una revisión de la teoría general del derecho, Barcelona, Ariel,
1994; Guibourg, Ricardo, Deber y saber. Apuntes epistemológicos para el análisis del der echo y la
moral, México, Fontamara, 1997.
2
Peces Barba, Gregorio, La eutanasia desde la filosofía del derecho, en Ansuátegui Roig,
Francisco J. (coord.), “Problemas de la eutanasia”, Madrid, Universidad Carlos III de M adrid -
Dykinson, 1999, p. 17 y siguientes.
Dabove, Perspectiva jurídica de la eutanasia
2
a partir de la presencia de dos elementos: 1) la ayuda por acción u omisión de
terceras personas, sin las cuales no podría producirse el deceso; 2) el cumplimiento
de una finalidad: hacer el bien al paciente moribundo, liberándolo al decir de Peces
Barba del dolor y de sufrimientos y dificultades que resultan extremas e insupera-
bles (encarnizamiento terapéutico)
3
.
Dentro de este enfoque, asimismo, cabe recordar que se han elaborado algu-
nas distinciones interesantes que nos permiten recortar un poco más el objeto de
estudio, tales como las derivadas de la discriminación entre eutanasia, distanasia y
ortotanasia. La distanasia, por ejemplo, ha sido definida como aquella actividad
humana destinada a alargar o prolongar la vida del enfermo terminal, aún bajo el
riesgo de utilizar tratamientos que resulten extraordinarios, configurando situaciones
de encarnizamiento terapéutico. En cambio, cuando utilizamos la expresión ortota-
nasia, haremos referencia a la idea del correcto morir, del buen morir o morir con
dignidad
4
. Entre la eutanasia y la ortotanasia existen diferencias sutiles. Para Gafo
la ortotanasia tiene el sentido de la muerte a su tiempo, sin abreviaciones tajantes y
sin prolongaciones desproporcionadas del proceso de morir. Ésta se diferencia de la
eutanasia ...en el sentido de que no pretende poner término a la vida del paciente. El
médico no tiene intención de acabar rápidamente con la vida del enfermo, aunque
determinados calmantes pudiesen tener también la consecuencia de una abrevia-
ción de la existencia
5
. En suma, la ortotanasia permitiría poner fin a la ejecución de
tratamientos que pueden ser calificados como desproporcionados, en relación con
los resultados que se lograrían para mejorar la vida del paciente, respetando su in-
tegridad física y moral. Mas, no habilitaría para realizar ningún tipo de acción que
apresurara el proceso de muerte de manera voluntaria y directa por parte del médico
actuante.
Ahora bien, este tipo de clasificación referida a situaciones conectadas con el
final de la vida nos lleva a repasar otra, quizás aún más difundida que la anterior. En
este sentido, la eutanasia también puede ser categorizada como voluntaria, involun-
taria y no voluntaria; o bien como eutanasia activa y pasiva
6
. En la eutanasia volun-
taria, el proceso de aceleración de la muerte se lleva a cabo a petición de la persona
que se va a morir
7
. Mientras que, la eutanasia involuntaria se desarrolla cuando la
persona a quien se da muerte tiene capacidad para consentir en su propia muerte,
pero no lo hace; ya sea porque no se le pregunta, o porque se le pregunta y escoge
seguir viviendo
8
. En los casos de eutanasia no voluntaria, nos encontramos con que
el paciente no es capaz de comprender la elección entre la vida y la muerte en-
3
Peces Barba, La eutanasia desde la filosofía del derecho.
4
Fernández García, Eusebio, Dignidad humana y eutanasia, en Ansuátegui Roig, Francisco J.
(coord.), “Problemas de la eutanasia”, Madrid, Universidad Carlos III de Madrid - Dykinson, 1999, p.
37 y siguientes.
5
Gafo, Javier, Diez palabras clave en bioética, Estella, Editorial Verbo Divino, 1993, p. 99 y ss.;
citado por Fernández García, Dignidad humana y eutanasia, p. 36.
6
Singer, Peter, Ética práctica, 3ª ed., tr. M. I. Guastavino, Barcelona, Ariel, 1991, p. 161 y s i-
guientes.
7
Singer, Ética práctica, p. 162. Y también: Medina, Graciela - Leal de Ibarra, Javier, El derecho
a una muerte digna, JA, 1997-I-925 y siguientes.
8
Singer, Ética práctica, p. 163; Medina - Leal de Ibarra, El derecho a una muerte digna, JA,
1997-I-925 y siguientes.

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