Perros de riesgo: qué se debe tener en cuenta al momento de llevarlos a casa

En la histórica puja entre los amantes y los detractores de los perros de riesgo o de pelea, se escribió un nuevo capítulo recientemente, cuando el dueño de un pitbull fue sentenciado a ocho años de prisión tras haber sido responsable de la muerte de un niño de 2 años al que su perro atacó. No faltaron quienes alzaron su voz contra las razas consideradas "potencialmente peligrosas", entre las que se cuenta el propio pitbull. También están quienes acusan con el dedo al dueño del animal, a quien responsabilizan de la actitud del can. Por eso es bueno tener en cuenta determinadas cuestiones al momento de llevar un perro de este tipo al hogar .

Instructores y especialistas en comportamiento animal desaconsejan que estos perros de pelea convivan con menores, más allá del carácter aparentemente apacible que pueda tener habitualmente el can.

Lo cierto es que en la ciudad de Buenos Aires existe una ley, la 4078, sancionada en diciembre de 2011, que especifica la obligatoriedad de registrar a todos los perros considerados "potencialmente peligrosos", a fin de "preservar la vida y la integridad física de las personas y demás animales", como reza en su primer artículo. Desde el gobierno porteño indicaron que la norma fue sancionada, aunque no se reglamentó, situación que inexplicablemente lleva una demora de casi cuatro años y medio.

Entre las 17 razas consideradas como riesgosas figuran entre otras el pitbull terrier, el dogo argentino, el doberman, el rottweiler, el mastín napolitano y el fila brasileño, además de las cruzas previstas y otras no especificadas, pero que cumplen con las características físicas comunes (perímetro torácico, peso, cabeza, musculatura, mordida y carácter).

El dueño del animal está obligado a ingresar al perro en el registro a partir de los tres meses de vida, colocarle chapa identificatoria y, al momento de pasearlo en la vía pública, hacerlo con "correa corta de un máximo de dos metros, no extensible, y un bozal". Además, los dueños o tenedores deberán contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños o lesiones que puedan ocasionar.

Una ley similar fue sancionada en la provincia de Buenos Aires en diciembre de 2009, con la variante de que además se debía identificar al perro mediante la colocación de un chip que se inserta bajo la piel del animal; pero actualmente el registro se encuentra inactivo. Las provincias de Córdoba y Chaco también cuentan con leyes parecidas. Las sanciones, en todos los casos...

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