Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 14 de Diciembre de 2020, expediente FLP 018805/2020/CA003

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

La Plata, 14 de diciembre de 2020.

AUTOS Y VISTOS: este expediente N° 18805/2020/CA3,

caratulados: “P., Victoria del Valle c/ G. Argentina S.A. y otro s/ AMPARO LEY 16.986”, procedente del Juzgado Federal de Quilmes.

Y CONSIDERANDO QUE:

EL JUEZ ÁLVAREZ DIJO:

I.A. del caso.

  1. La acción de amparo fue iniciada por V.D.V.P., con el patrocinio letrado de I.M., contra la empresa de medicina prepaga GALENO ARGENTINA S.A. y contra la Obra Social de Mandos Medios de Telecomunicaciones de la República Argentina y Mercosur -O.S.M.M.E.D.T.-, a fin de que otorguen cobertura total al 100% y de forma inmediata la transferencia embrionaria comprendida dentro del tratamiento de fertilización técnicamente asistida de alta complejidad ICSI, con criopreservación embrionaria y la medicación necesaria a tales fines.

    En el escrito de inicio relató que se encuentra afiliada,

    junto a su marido G.L.G., a la empresa de medicina prepaga G. Argentina S.A. mediante el número de socia 0196556503-02 y que, además, está adherida a los servicios médico-asistenciales que brinda el plan de comercialización denominado “Azul 220” mediante la desregulación de aportes a la Obra Social O.S.M.M.E.D.T.

    Expuso que tiene cuarenta años y que, tras años de afrontar el inicio de diversos tratamientos y prácticas para poder lograr un resultado positivo de concepción, se vio obligada a solicitar cobertura de la prestación invocada a su prestadora de servicios médicos, G. Argentina S.A.

    Fecha de firma: 14/12/2020

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: I.E.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Manifestó que en el mes de julio de 2020 le envió a la accionada las órdenes médicas prescriptas por el prestador propio, GENS, Centro Especializado en Tratamiento para la Mujer, ubicado en la localidad de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, en las cuales se solicitó la realización del tratamiento de fertilización asistida.

    Refirió que la obra social le negó el tratamiento, por lo que inició un reclamo ante la autoridad administrativa de aplicación, la Superintendencia de Servicios de Salud,

    solicitando a la demandada la cobertura total del tratamiento,

    sin haber obtenido respuesta.

    Finalmente, solicitó que se dicte una medida cautelar por la que se le ordene a la empresa de medicina prepaga G. Argentina S.A. y a la obra social O.S.M.M.E.D.T.

    brindar de forma total, integral y por vía directa, la cobertura solicitada; fundó su derecho; ofreció prueba e hizo la reserva del caso federal.

  2. El 03 de agosto del año en curso, el juez de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó

    a las demandadas GALENO ARGENTINA S.A. y O.S.M.M.E.D.T. (Obra Social de Mandos Medios de Telecomunicaciones de la República Argentina y Mercosur) otorgar a la señora V.D.V.P., en un plazo de tres días y en forma solidaria, la cobertura integral y total de los gastos que insuma el tratamiento de fertilización técnicamente asistida de alta complejidad ICSI, con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR