Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 22 de Agosto de 2017, expediente CNT 041943/2016/CA001

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2017
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 55.859 CAUSA N° 41.943/2016 SALA IV “PÉREZ, RUBÉN EDUARDO C/

EXPERTA ART S.A. S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”

JUZGADO N° 45.

Buenos Aires, 22 de agosto de 2017 Y VISTO:

El recurso de apelación deducido a fs. 104-I/105-I por la codemandada ASOCIART ART SA contra la resolución de fs. 103-I que desestimó su solicitud de citación de terceros.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que tanto la doctrina, como la jurisprudencia de esta Cámara y de la Fiscalía General, han sostenido pacíficamente que, siempre que esté en debate entre cuáles sujetos ha de integrarse la litis y particularmente cuando se desestima la citación de un tercero, corresponde tratar el recurso de apelación en forma inmediata, en salvaguarda de los principios de celeridad y economía procesal (Allocati, A. –Dir.-, “Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo”, Astrea., Bs. As., 1999, t. 2, p. 359; CNAT, S.I., 17/2/03, SD 54.013, “C., P. c/ Miavasa SA y otro s/ accidente”; íd., S.I., 25/11/99, SD 50.383, “G., C. c/ El Fronterizo SRL s/ accidente”; íd., S.I., 31/5/02, S.I.

    40.281, “González, Lino Mercedes c/ Teyma Abengoa SA s/ ley 22.250”; íd., S.V., 26/11/02, S.

    I. 25.576 “Atamaniuk, María

    V. c/

    Lipovetzky, J. y otros s/ despido”; íd, S.V., 20/5/04, S.I.

    24.859, “M., P.M. c/ Román S.A. s/ despido”; íd., S.I., S.D. 6092, 26/3/03, “Castillo, H. c/T.S.A. s/

    accidente”; F.G.T., 17/3/00, Dictamen 29.089, “Federación de Entidades Fabricantes de Pastas Frescas de la República Argentina c/

    Sindicato de Trabajadores de la Industria de Pastas Alimenticias STIPA s/ cobro de aportes o contribuciones”).

  2. ) Que conforme el art. 94 del CPCCN, solamente es admisible la citación de terceros cuando la controversia fuere común, y si bien es cierto que la expresión carece de claridad, la exposición de motivos ilumina su sentido cuando dice que "la fórmula utilizada para conceptualizar la figura mencionada...comprende aquellas hipótesis Fecha de firma: 22/08/2017 Alta en sistema: 04/10/2017 Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DOLORES MERCEDES SILVA, PROSECRETARIO LETRADO #28555020#186286918#20170822120852842 Poder Judicial de la Nación en las cuales la parte eventualmente vencida pueda ser titular de una acción regresiva contra el tercero...", a fin de evitar la excepción de negligente defensa en juicio que se le pudiera iniciar al interviniente (CNAT, S.V., 16/7/99, “Sociedad...

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