Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 30 de Noviembre de 2016, expediente CNT 046781/2011/CA001

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA DEFINITIVA NRO.: 109786 EXPEDIENTE NRO.: 46781/2011 AUTOS: PEREZ, L.N. c/R.B.A.. IND. S.A.

s/DESPIDO VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la ciudad de Buenos Aires, el 30 de noviembre de 2016 , reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

La Dra. G.A.G. dijo:

Contra la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción en forma parcial (fs. 369/73) se alza la parte actora a tenor del memorial recursivo obrante a fs. 374/76.

La demandante se queja por la desestimación del reclamo fundado en una jornada a tiempo completo, pues sostiene que no se tuvo en cuenta la violación de la jornada a tiempo parcial al haberse desempeñado por más horas que las pactadas originalmente. Además, apela el monto de condena por daños y perjuicios con base en el incumplimiento patronal de realizar los aportes al seguro La Estrella.

Finalmente, critica una supuesta omisión para el plazo de entrega de los certificados previstos en el artículo 80 de la LCT y la falta de imposición de astreintes para el caso de incumplimiento de dicha obligación.

En esta causa, la Dra. Y.S. hizo lugar a la acción por diferencias salariales fundadas en la incorrecta categorización de la actora y, en cambio, rechazó el reclamo por diferencias fundadas en una jornada de trabajo a tiempo completo toda vez que consideró que, en el caso de autos, tuvo lugar una jornada reducida. Fundamentó dicho aserto en la información emanada de los recibos de sueldo y en las declaraciones testimoniales producidas en las presentes actuaciones, de donde se extrae que la accionante cumplía una jornada de labor mayor a las dos terceras partes de la jornada normal y habitual y, en consecuencia, si bien hizo lugar a la acción en lo principal, desestimó este aspecto de la pretensión.

Ahora bien, en su recurso la accionante parte de un presupuesto fáctico errado pues para calcular las 2/3 partes de la jornada tuvo en cuenta el máximo de 48 horas semanales y no el de 36 horas que debió considerar, conforme dispone la Resolución 782/10 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Fecha de firma: 30/11/2016 Nación.

Firmado por: G.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.F., SECRETARIO INTERINO #20061236#167910755#20161201154858635 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II De tal forma, la recurrente insiste con su planteo conforme al cual se habría violado lo dispuesto en orden a una jornada de tiempo parcial, pero soslaya el fundamento medular de la sentenciante de...

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