Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 1 de Julio de 2020, expediente CCF 002531/2018/CA002

Fecha de Resolución 1 de Julio de 2020
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa CCF 2531/2018 "P.,

  1. c/ Obra Social Unión del Personal Civil de la Nación s/ amparo de salud”. Juzgado 1, Secretaría 2.

    Buenos Aires, 1 de julio de 2020.

    AUTOS Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 232/233 -concedido a fs. 234- contra la resolución de fs.

    231/231vta., cuyo traslado no mereció respuesta; y CONSIDERANDO:

  2. El 5 de abril de 2018 G.E.D.A., en representación de su madre discapacitada

    I.P. -internada en la clínica ALPI-, inició el presente amparo con el fin de obtener la cobertura de la internación en el centro de rehabilitación denominado “Clínica Basilea”, sumándose posteriormente la cobertura de la prestación de acompañante domiciliario 24 hs., en forma complementaria a la anterior (fs. 12/18, 44/50 y 56).

    El 27 de mayo de 2020, habiéndose producido gran parte de las pruebas ofrecidas por las partes, el letrado patrocinante de la parte actora denunció el fallecimiento de la Sra. I.P., pidió la habilitación de la presente feria judicial y que se declarara abstracta la cuestión debatida, con expresa imposición de costas a la demandada (fs. 226/226vta.).

    La Jueza de primera instancia habilitó la feria y dispuso el traslado de la presentación a la contraria (fs. 227), que no fue contestado (conf. notificación de fs. 228vta.).

    En la resolución del 4 de junio pasado, la magistrada declaró

    abstracta la cuestión sustancial de la acción y distribuyó las costas del proceso en el orden causado sobre la base de que no había mediado una negativa objetable por parte de la demandada. Ello así, pues había quedado demostrado con las constancias de la causa y el dictamen del Cuerpo Médico Forense que la amparista se encontraba en condiciones de ser externada por haber cumplido los objetivos de rehabilitación, debiendo proseguirse con una Fecha de firma: 01/07/2020

    Alta en sistema: 02/07/2020

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    modalidad -internación domiciliaria- distinta de la reclamada en el amparo (fs. 231/231vta.).

    El representante de la actora apeló la decisión agraviándose de la distribución de los gastos causídicos. Destaca que la pretensión inicial estuvo sustentada en los certificados médicos acompañados al iniciar la acción, así

    como también, que el cuadro de base se fue agravando durante el trámite de la causa, que...

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