PEREZ ECHEGARAY OSVALDO ALBERTO Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Fecha22 Febrero 2023
Número de expedienteCAF 025648/2007/CA001

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA III

Causa Nº25648/2007 “PEREZ ECHEGARAY OSVALDO

ALBERTO Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE

JUSTICIA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS”

Buenos Aires, de febrero de 2023.- NS (sm)

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires –mediante presentación de fecha 08/02/2023– plantea la nulidad de la “…

notificación del acto de fecha 20/10/2022”.

Manifiesta que ha recibido una cédula “…sin expresar que se encontraba adjuntos 2 escritos y no uno como indica en singular la resolucion”.

Refiere la letrada que “…con la voluminosidad de juicios que maneja, entiende que debería llegar la notificación para expresar agravios, no obstante y afectando ello mi derecho de defensa en juicio el traslado se encontraba a continuación del pedido efectuado por la actora”.

Apunta que en la cédula no se hace “…mención a acto procesal tan importante, por el contrario para llegar al mismo es necesario saltar una hoja en blanco para ello. Tampoco refiere a que se agregan dos escritos, a efectos de proceder a la confección de la expresión de agravios pertinente. No se transcribe el auto”.

Adjunta –a su presentación del 08/02/2023– una copia del escrito de expresión de agravios del Estado Nacional.

Solicita que “…se tenga por notificado personalmente del traslado de la expresión de agravios y por fundada la apelación presentada…contra la sentencia de fecha 18/4/2022”.

  1. Que el planteo de nulidad de notificación intentado resulta formalmente improcedente.

Ello es así, toda vez que –conforme surge del Sistema Lex 100–

la cédula de notificación ha sido confeccionada y remitida al Fecha de firma: 22/02/2023

Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA

domicilio constituido en forma correcta, adjuntándose la copia correspondiente a la providencia del día de esa fecha. En esos términos, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires quedó notificado –el día 20/10/2022– del auto que puso la causa a la Oficina, a los fines previstos en el artículo 259 del Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nación.

De modo que, el acto procesal de notificación fue cumplido en forma correcta (con la copia respectiva, de la que se intenta sostener que no ha tomado conocimiento), sin que pueda –ahora– la presentante pretender que se declare la nulidad articulada y que se tenga a su parte por...

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