Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 26 de Septiembre de 2012, expediente L 107439

PresidenteNegri-Soria-Hitters-de Lazzari
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2012
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 26 de septiembre de 2012, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresN.,S., Hitters, de L.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 107.439, "P., D.J. contra Telefónica de Argentina S.A. Accidente de trabajo. Acción especial".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal de Trabajo n° 2 del Departamento Judicial La Plata rechazóin liminela demanda promovida, imponiendo las costas a la parte actora (fs. 107/109).

Ésta dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 115/121), el que fue concedido por el citado tribunal a fs. 122.

Dictada a fs. 125 la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I Ó N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I Ó N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor N. dijo:

  1. 1. D.J.P. entabló demanda contra "Provincia A.R.T. S.A." reclamando, en el marco de la ley 24.557, el cobro de una indemnización por la minusvalía física que padece como consecuencia del accidente de trabajo que protagonizó el día 26-XI-2004. Dichas actuaciones siguieron su trámite por ante el Tribunal de Trabajo nº 5 del Departamento Judicial de La Plata (autos "P.D. c/ Provincia A.R.T. S.A. s/ Accidente de trabajo. Acción especial", expte. 6766/05).

    Posteriormente, con fecha 27-X-2006, el actor promovió demanda contra la empresa "Telefónica de Argentina S.A." procurando, con sustento en las normas del Código Civil, el cobro de una indemnización por la disminución de su capacidad laboral, dando origen a los autos caratulados "P., D.J. c/ Telefónica de Argentina S.A. s/ Accidente de trabajo-acción especial", radicado ante el Tribunal de Trabajo nº 2 del mismo departamento judicial (expte. 30.049/06; v. fs. 22/35).

    En este último y a pedido de la accionada (fs. 56/57 vta.), ela quoordenó la acumulación de procesos y el libramiento de oficio al Tribunal de Trabajo nº 5 solicitando la remisión de las actuaciones indicadas (v. fs. 101).

    1. Cumplido dicho trámite, y pasados los autos al acuerdo, el órgano judicial actuante resolvió rechazarin liminela demanda deducida contra "Telefónica de Argentina S.A." por entender que constituía una ampliación extemporánea de aquélla instaurada...

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