Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 4 de Noviembre de 2019, expediente CNT 034782/2018

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII 34782/2018 JUZGADO Nº 9 AUTOS: “PEREYRA, M.J. C/ PREVENCION ART S.A. S/

RECURSO LEY 27348

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 04 días del mes de NOVIEMBRE de 2019, se reúnen en acuerdo los jueces de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y, de acuerdo con el resultado del sorteo realizado, proceden a votar en el siguiente orden:

LA DRA. M.D.G. DIJO:

  1. Contra la sentencia de primera instancia de fs. 98/99, que declaró desierto el recurso de fs.58/65, viene en apelación el actor, quien se agravia a tenor de las argumentaciones que lucen a fs. 100/101 que fueron contestadas por la ART demandada a fs. 104/106.

    II.-Los cuestionamientos iniciales del actor se refieren a la falta de análisis sobre temas esenciales y conducentes para la solución de este litigio que descalifican a la sentencia de grado como acto jurisdiccional válido ( insuficiente evaluación de su incapacidad física: columna dorsolumbar, tobillo izquierdo y cadera derecha, falta de solicitud de exámenes complementarios que sustenten la evaluación semiológica ; falta Fecha de firma: 04/11/2019 Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA #32507824#248699434#20191104083238142 de solicitud y análisis de la Historia Clínica del reclamante y el silencio guardado sobre su aspecto psicológico) y el rechazo de los medios probatorios ofrecidos en su relación.

  2. El planteo, pone de resalto que dichos cuestionamientos no se encuentran desiertos, resulta en lo principal admisible, por los siguientes fundamentos, que guardan sustancial analogía con la sentencia dictada por esta Sala in re “J.E.N. c/ Swiss Medical ART S.A. s/ Recurso Ley 27348” sentencia de fecha 19/06/2019 (Expte. Nº C.N.T. 45766/2018/CA1).

    En el sub lite, la evaluación de la existencia o no de incapacidad laboral requiere de un nuevo examen médico del trabajador en sede judicial, imparcial, pues precisamente el obrante en el expediente administrativo es lo que impugna el recurrente, quien señala que presenta una incapacidad psicofísica, con más los factores de ponderación, del orden del 29,5% de la t.o. por el accidente de trabajo sufrido el 3/05/2017 cuando una máquina estampadora lo golpeó.

    En este orden de ideas, resulta también vinculante, lo señalado por esta CNAT en Acta 2669/18 en cuanto a que: a) recibidas...

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