Perchik Samuel S/quiebraproyecto de Distribucion de Fondos

Fecha de disposición21 Noviembre 2007
Fecha de publicación21 Noviembre 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31286

Buenos Aires, 18 de agosto de 2007.

José Luis González, secretario.

e. 21/11/2007 Nº 564.299 v. 23/11/2007 JUZGADOS NACIONALES EN LO COMERCIAL Nº 3

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 3, Secretaría Nº 5, sito en la Avenida Callao 635, piso 6º, de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, en los autos caratulados 'PERCHIK SAMUEL S/ QUIEBRA' comunica que se ha presentado readecuación final y proyecto de distribución de fondos el cual se encuentra a disposición de los interesados y se han regulado honorarios a los profesionales intervinientes. El proyecto será aprobado si no se formula oposición dentro del plazo de 10 días (art. 218 ley 24.522). Publíquese por dos días en el Boletín Oficial.

.Buenos Aires, 9 de noviembre de 2007.

María Fernanda Maoni, secretaria.

e. 21/11/2007 Nº 564.384 v. 27/11/2007 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 19, a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaria Nº 38, a cargo de la Dra. Adriana Patricia Cirulli, sito en Marcelo T. deAlvear 1840,

P.B., Capital Federal, comunica por CINCO días, que con fecha 5 de noviembre de 2007 se decretó la quiebra de LLORET EDUARDO JUVENCIO,

DNI: 7961418, con domicilio en TTE. GRAL. JUAN DOMINGO PERON 1736, PLANTA BAJA, DTO.

4, Capital Federal, en los autos caratulados LLORET EDUARDO JUVENCIO PEDIDO DE QUIEBRA POR HSBC BANK ARGENTINA S.A., Expte. Nº 35665, en la cual se designó síndico al Contador CARLOS ENRIQUE WULFF, con domicilio en la calle VIRREY DE PINO 2354, 6to. PISO D, ante quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 27/12/2007. El síndico presentará los informes de los arts. 35 y 39 de la ley concursal, los días 11/03/2008 y 25/04/2008 respectivamente. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimenten los siguientes recaudos: Pongan los bienes a disposición del Síndico a fin de que el funcionario concursal pueda tomar inmediata y segura disposición de los mismos, como en su caso de corresponder para que entregue al Síndico en 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Constituya en autos domicilio procesal dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento que las sucesivas notificaciones se tendrán por realizadas en los términos de los arts. 141 y 133 Cód Proc.. Se prohíbe los pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes tengan bienes y...

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