Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL, 26 de Junio de 2020, expediente FCB 018615/2019/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A
Expte. N° FCB 18615/2019/CA1
AUTOS: “PERALTA, C.D. VALLE c/ ANSES s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION”
doba, 26 de junio del año dos mil veinte.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “PERALTA, C.D. VALLE C/ ANSES S/
AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION” (Expte. Nº 18615/2019/CA1),
venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la representación jurídica de la parte demandada –cuya personería se encuentra acreditada a fs. 19-, en contra de la resolución dictada con fecha 27 de noviembre de 2019 por el señor Juez Federal Nº 1 de C., que en lo pertinente, decidió declarar abstracta la acción de Amparo por mora incoada en contra de Anses. Asimismo, impuso las costas a la accionada y reguló honorarios (fs. 29/31 vta.).
Y CONSIDERANDO:
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En contra de lo resuelto por el sentenciante, la demandada, interpone recurso de apelación. Se queja por la imposición de costas dispuesta por el Juez de grado.
Aduce que es arbitraria y contraria a las previsiones de una norma de orden público (Ley 24463). Pide que las costas sean fijadas en el orden causado, conforme el artículo 21 de la Ley 24463, la cual manifiesta, constituye un cuerpo normativo congruente con nuestra Constitución Nacional. (fs. 32/34).
Corrido el traslado de ley, la parte actora contestó agravios a fs. 36/38;
efectuando lo propio el Ministerio Público Fiscal, manifestando que respecto al control de legalidad que le compete nada tenía que observar, quedando la causa en condiciones de ser resuelta (fs. 42 vta. y 43 respectivamente).
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De una breve reseña de las actuaciones, surge que la presente acción de amparo por mora fue interpuesta con fecha 10/5/2019 por la señora C.d.V.P., por derecho propio y con el patrocinio letrado de la doctora M.E.C., en contra de ANSES, solicitando se libre orden de pronto despacho y se intime a dicha repartición para que emita el acto administrativo final resolviendo el expediente N° 024-27-13373085-6-118-2. Expone que el día 28/09/2018 inició expediente Fecha de firma: 26/06/2020
Alta en sistema: 30/06/2020
Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: EDUARDO AVALOS, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.B., SECRETARIA DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A
Expte. N° FCB 18615/2019/CA1
AUTOS: “PERALTA, C.D. VALLE c/ ANSES s/AMPARO por MORA de la...
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