Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 5 de Agosto de 2016, expediente CAF 036663/2015/CA001

Fecha de Resolución 5 de Agosto de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA I Causa nº 36663/2015, “PEPKO BEAUTY GROUP SA c/ EN-M ECONOMIA-SCI Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO”; Juzgado nº 5.

Buenos Aires, 5 de agosto de 2016.- SR VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, en cuanto aquí interesa, tras declarar que el objeto de la acción —por medio del cual la firma actora impugnó diversas normas relacionadas con el régimen previsto para las declaraciones juradas anticipadas de importación, con posterioridad, fueron derogadas— la jueza de primera instancia distribuyó las costas por su orden, en los términos del artículo 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en razón de que no hubo “parte vencedora ni vencida” (fs. 212).

  2. Que la firma actora apeló (fs. 214) y fundó sus agravios (fs. 218/222, sin réplica), en síntesis, en que no había desistido de la acción sino que realizó el pedido de que se declarara abstracta la cuestión “por razones economía procesal”.

    Pidió que se revocara la resolución y se impusiera las costas a las demandadas.

  3. Que habida cuenta de la derogación por el cambio normativo producido a partir del dictado de la resolución AFIP 3823/15 —por medio de la cual se dejaron sin efecto las resoluciones generales AFIP 3.252, 3.255 y 3.256— y de que las partes no cuestionaron que se haya declarado abstracta la causa, es correcta la distribución de las costas en el orden causado, dadas las particularidades de la cuestión y la forma en que se decidió (artículo 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; esta sala, causa nº 22861/2013, “La Ebonita Argentina SA c/

    EN-M §Economía y FP-resol 3252 3255 3256/12(DJAI 40272A) y otro s/proceso de conocimiento”, pronunciamiento del 14 de julio de 2016).

    Fecha de firma: 05/08/2016...

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