Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 29 de Agosto de 2017, expediente CCF 008228/2015/CA001

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 8228/2015 PENTAMAR SA c/ CONSTRUCTORA PERFOMAR SA s/PROCESO DE EJECUCION Buenos Aires, 29 de agosto de 2017.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto a fs. 77 –

mantenido con el escrito de fs. 209/211vta., contra la resolución de fs. 76; y los recursos de apelación interpuestos por la parte actora a fs. 201 y por la demandada a fs. 196 –sustentados en los memoriales de fs. 206/207 y 209/211vta., respectivamente, contestados a fs. 227/227vta. y 229/231vta.-

contra la resolución de fs. 182/183vta.; y CONSIDERANDO:

  1. - Mediante el pronunciamiento de fecha 26 de abril de 2016, se tuvo por reconocida la firma inserta en el contrato y por expedita la vía ejecutiva y por resolución de fecha 28 de septiembre de 2016, la señora jueza rechazó la excepción de inhabilidad de título y pago opuestas por la demandada y mandó llevar adelante la presente ejecución hasta que la accionada haga íntegro pago a la actora de lo adeudado, con más los intereses y costas del juicio.

    Esa decisión motivó los recursos antes mencionados. La parte actora, en su memorial invoca tres agravios que se vinculan, el primero de ellos, con la extensión de la condena, que en su criterio debe estar integrado por el monto pactado en concepto de cánones locativos mensuales, el 21%

    correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (en adelante I.V.A.), el 4%

    en concepto de alícuota de ingresos brutos y el monto adicional complementario correspondiente al capital variable mensual acordado en la cláusula tercera del contrato; el segundo, con la omisión de la fijación de la tasa de interés aplicable y el tercero, con la aplicación de la multa dispuesta en el artículo 225 de la ley n° 20.094.

    La demandada en sus recursos objeta el dictado de las medidas cautelares y la sentencia definitiva, sosteniendo la inhabilidad del título, postulando que los documentos arrimados por la parte actora carecen de entidad suficiente para ser considerado título ejecutivo y señala esos defectos Fecha de firma: 29/08/2017 Alta en sistema: 06/09/2017 Firmado por: A.S.G. -R.V.G. -E.D.G. #27922804#186912404#20170829110444639 que, por las consideraciones que a continuación se formulan, resultan innecesarias mencionar.

  2. - Así planteada la controversia, el memorial de la demandada no constituye una crítica concreta y razonada del pronunciamiento atacado.

    En efecto, la parte reitera la inexistencia de un...

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