Pelama Chubut S.A.
Fecha de la disposición | 9 de Febrero de 2010 |
Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
04/02/2010. Tomo: 72. Folio: 196.
e. 09/02/2010 Nº 11114/10 v. 09/02/2010 METALES ZANZIBAR SOCIEDAD ANONIMA Por Escritura 2307 del 17/12/9 se autorizó a Enrique Aníbal Alfonzo a suscribir el presente y comparecen: Luís Alberto Bluma, argentino, 11/2/86, DNI 32297029, comerciante, soltero,
Allende 4226 Lanus Provincia de Buenos Aires y Rubén Luís Lencina, argentino, 15/7/59, DNI 12972813, comerciante, soltero, Baltazar 3367
Temperley Lomas de Zamora Provincia de Buenos Aires; Metales Zanzíbar S.A.; 99 Años; Objeto: realizará la forja, laminación, mecanizado de piezas, estampería, matriceria, trefilación, rectificación, fundición e industrialización general de acero, hierro, bronce, aluminio, metales ferrosos y no ferrosos y metales en general; pudiendo actuar como agente, representante, comisionista, importador, exportador, comprador, vendedor, distribuidor y comercializador general bajo cualquier modalidad permitida por la ley. Capital Social: $ 40000. Cierre de Ejercicio: 31/12. Presidente: Luís Alberto Bluma; Director Suplente:
Rubén Luís Lencina, ambos domicilio especial en la sede social Santander 5820 Capital Federal.
Abogado Aníbal Enrique Alfonzo Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
02/02/2010. Tomo: 46. Folio: 313.
e. 09/02/2010 Nº 11166/10 v. 09/02/2010 MONTE VIEJO SOCIEDAD ANONIMA Por asamblea general extraordinaria del 27/12/2007, se resolvió: 1º) aumentar el capital social de la suma de $ 850.000.- a la suma de $ 1.400.000.-; es decir, en $ 550.000.-, y en consecuencia reformar el Art. 4º del estatuto social. Joaquín Estanislao Martínez. Autorizado por Acta de Asamblea de fecha 27/12/2007.
Abogado Joaquín E. Martínez Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
04/02/2010. Tomo: 97. Folio: 338.
e. 09/02/2010 Nº 11108/10 v. 09/02/2010 NACION ADMINISTRADORA DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES SOCIEDAD ANONIMA Se comunica que por Escritura 148, del 5 de febrero de 2010, ante el Escribano Francisco Javier Puiggari, al Folio 541 del Registro Notarial 453, la sociedad 'Nación Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones S.A.', formalizó la reforma de los artículos 3º y 8º del Estatuto dispuesta por Asamblea General Extraordinaria del 03/02/2010, los que quedan así redactados:
'Tiene por objeto la administración de aportes voluntarios, como así también de los depósitos convenidos oportunamente transferidos a la ANSeS y el correspondiente pago de los beneficios, (art. 6to. Ley 26425 y normas reglamentarias). A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto'. Artículo Octavo: 'Conforme lo dispuesto por el artículo 89, ley 24.241, la sociedad deberá integrar y mantener en todo momento un activo que como mínimo deberá ser equivalente al uno por ciento (1%) del Fondo de Jubilaciones y Pensiones respectivo, el que se denominará encaje.
Este encaje nunca podrá ser inferior a pesos un millón quinientos mil ($ 1.500.000) y tendrá por objeto responder a los requisitos de rentabilidad mínima a que se refiere el artículo 86. El cálculo del encaje se efectuará en forma semanal teniendo en cuenta el valor promedio del Fondo durante los quince (15) días corridos anteriores a la fecha del cálculo. El monto del encaje deberá ser invertido en los mismos instrumentos...
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