Pelama Chubut S.A.

Fecha de la disposición 9 de Febrero de 2010

Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

04/02/2010. Tomo: 72. Folio: 196.

e. 09/02/2010 Nº 11114/10 v. 09/02/2010 METALES ZANZIBAR SOCIEDAD ANONIMA Por Escritura 2307 del 17/12/9 se autorizó a Enrique Aníbal Alfonzo a suscribir el presente y comparecen: Luís Alberto Bluma, argentino, 11/2/86, DNI 32297029, comerciante, soltero,

Allende 4226 Lanus Provincia de Buenos Aires y Rubén Luís Lencina, argentino, 15/7/59, DNI 12972813, comerciante, soltero, Baltazar 3367

Temperley Lomas de Zamora Provincia de Buenos Aires; Metales Zanzíbar S.A.; 99 Años; Objeto: realizará la forja, laminación, mecanizado de piezas, estampería, matriceria, trefilación, rectificación, fundición e industrialización general de acero, hierro, bronce, aluminio, metales ferrosos y no ferrosos y metales en general; pudiendo actuar como agente, representante, comisionista, importador, exportador, comprador, vendedor, distribuidor y comercializador general bajo cualquier modalidad permitida por la ley. Capital Social: $ 40000. Cierre de Ejercicio: 31/12. Presidente: Luís Alberto Bluma; Director Suplente:

Rubén Luís Lencina, ambos domicilio especial en la sede social Santander 5820 Capital Federal.

Abogado Aníbal Enrique Alfonzo Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

02/02/2010. Tomo: 46. Folio: 313.

e. 09/02/2010 Nº 11166/10 v. 09/02/2010 MONTE VIEJO SOCIEDAD ANONIMA Por asamblea general extraordinaria del 27/12/2007, se resolvió: 1º) aumentar el capital social de la suma de $ 850.000.- a la suma de $ 1.400.000.-; es decir, en $ 550.000.-, y en consecuencia reformar el Art. 4º del estatuto social. Joaquín Estanislao Martínez. Autorizado por Acta de Asamblea de fecha 27/12/2007.

Abogado Joaquín E. Martínez Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

04/02/2010. Tomo: 97. Folio: 338.

e. 09/02/2010 Nº 11108/10 v. 09/02/2010 NACION ADMINISTRADORA DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES SOCIEDAD ANONIMA Se comunica que por Escritura 148, del 5 de febrero de 2010, ante el Escribano Francisco Javier Puiggari, al Folio 541 del Registro Notarial 453, la sociedad 'Nación Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones S.A.', formalizó la reforma de los artículos 3º y 8º del Estatuto dispuesta por Asamblea General Extraordinaria del 03/02/2010, los que quedan así redactados:

Artículo Tercero

'Tiene por objeto la administración de aportes voluntarios, como así también de los depósitos convenidos oportunamente transferidos a la ANSeS y el correspondiente pago de los beneficios, (art. 6to. Ley 26425 y normas reglamentarias). A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto'. Artículo Octavo: 'Conforme lo dispuesto por el artículo 89, ley 24.241, la sociedad deberá integrar y mantener en todo momento un activo que como mínimo deberá ser equivalente al uno por ciento (1%) del Fondo de Jubilaciones y Pensiones respectivo, el que se denominará encaje.

Este encaje nunca podrá ser inferior a pesos un millón quinientos mil ($ 1.500.000) y tendrá por objeto responder a los requisitos de rentabilidad mínima a que se refiere el artículo 86. El cálculo del encaje se efectuará en forma semanal teniendo en cuenta el valor promedio del Fondo durante los quince (15) días corridos anteriores a la fecha del cálculo. El monto del encaje deberá ser invertido en los mismos instrumentos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR