Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 23 de Diciembre de 2013, expediente FSA 022000016/2012/CA001

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2013
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA Salta, 23 de diciembre de 2.013.

AUTOS Y VISTA:

Esta causa Nº FSA 22000016/2012/CA1 “P.L., C.A. y CHENARE, C.E. s/Infracción a la ley 26.364”, procedente del Juzgado Federal Nº 2 de Salta, y RESULTANDO:

  1. Que se remiten estas actuaciones al Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Defensor Oficial en contra del auto de fs. 190/195, por el que se ordenó el procesamiento y prisión preventiva de C.E.C., como presunta autora del delito previsto en el art. 145 ter último párrafo del Código Penal (trata de personas - captación y traslado de una persona de dieciséis años de edad con fines de explotación-).

  2. Que se iniciaron estas actuaciones a raíz de una denuncia formulada por N.T.F. por ante la Policía de la Provincia obrante a fs. 4 -16/8/2011-, y luego ratificada en la Fiscalía Federal a fs. 5 -28/10/2011-, en las que sostuvo que desde el día 14 de agosto de 2011, a horas 19,00, su hija S.M.E.F. de dieciséis años de edad despareció de su hogar; que en esa fecha se fue acompañando a C.C. a hacer “algunos informes”, y que desde entonces no supo nada más de ella, ni de esta última. Dijo que se trasladó al lugar donde residía C. entrevistándose con quien sería su tío S.V., quien manifestó que escuchó al concubino de aquélla -A.E.- hablar con ella por teléfono y que aparentemente se encontraba en “Perico, El Carmen”, Provincia de Jujuy, residiendo en el domicilio de la hermana de E., junto con la hija del denunciante.

    Dicha denuncia fue ratificada nuevamente ante las autoridades policiales en fecha 4 de abril de 2012 (ver fs. 13 y vta.).

    Ante ello, y la posibilidad de que la menor hubiese sido trasladada a la Provincia de Jujuy con fines de explotación sexual o laboral, el personal policial inició las investigaciones del caso, cursando el informe de fs. 22/23 y vta., en el que se consignó que entrevistada una persona identificada como P.S., quien manifestó que conocía a S. (Flores)

    y que sabía que sus padres la estaban buscando; que ella le comentó a la madre de S. que seguro que se había ido con C. y posiblemente se encuentren en Jujuy, porque en una oportunidad, cuando la deponente tenía problemas familiares, la nombrada C. la llevó a P. (Jujuy), y que su trabajo era parar camiones en la ruta para ejercer la prostitución, lo que no logró con ella en razón de que estaba embarazada, no obstante lo cual, le insistió reiteradamente que lo haga.

    En el mismo informe (fs. 22/23 y vta.), el personal policial se entrevistó con R.C., quien dijo conocer a la imputada desde chiquita; que trabajaba en una verdulería; que vivía con su marido y sus dos hijos, y que sabe que de la noche a la mañana desapareció

    dejando los niños con su marido.

    También se entrevistó a A.F.E., concubino de C.C., con quien tuvo dos hijos, informando que el día 10 de agosto de 2011 se retiró de su hogar en compañía de S.F. con el fin de asistir al Hospital Nuevo donde tenía turno, no regresando hasta el día de la fecha (14/06/12). Dijo que dos meses después de aquella fecha, C. lo llamó a su celular diciéndole que se encontraba en San Pedro de Jujuy junto a S. y que necesitaba dinero para volver, pidiéndole para ello la suma de $ 160, a lo que le respondió que él no la había corrido y que regresara como pudiera, no teniendo noticias desde entonces, ni se comunicó nuevamente.

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA A fs. 37/38, N.F. amplió su denuncia ante las autoridades policiales, expresando entre otras cosas, que el día 26 de noviembre de 2012 recibió varios mensajes de texto en su celular de una persona que dijo llamarse S., diciéndole que quería saber si la menor S.M.E.F. se comunicaba con ellos; si es que había una denuncia para ubicar su paradero; si la estaban buscando todavía; si podía ir junto a su mujer a “A.”, dado que su hija estaba en un lugar de donde había que sacarla; y por último, del mismo celular, “si podían ir hasta la localidad de Y. -Jujuy-, que no iría él a esa localidad con su hija por falta de recursos económicos, pero que les indicaría el lugar donde estaba”, de lo que se infiere que la persona que se comunicaba con el padre de la menor estaba interesado en que la encuentren, en razón de que sabía que la estaban buscando, y porque estaba en peligro o en malas condiciones.

    A fs. 47/48 esta agregado un informe policial poniendo en conocimiento que en las tareas de investigación realizadas, se supo por dichos de una persona llamada E.S.C., que S.F. se encontraría trabajando en la cosecha de tabaco en la localidad de Monterrico, J., y que estaría residiendo en el domicilio de su novio de nombre C.L., quien residiría en el Barrio 17 Hectáreas, en Manzana H, Medidor 64059 de Y., trasladándose el personal preventor a ese lugar, donde se les informó que estarían trabajando en la Finca “Moya” en El Carmen. Aquí le informaron que en realidad estarían en la “Finca de L.”, no realizándose investigaciones en esos lugares en razón de que el oficio que los facultaba para esas tareas, sólo se referían a la localidad de Y., por lo cual se solicitó la pertinente autorización judicial, que se materializó con el auto de fs. 54/55 y oficios subsiguientes, lográndose la información que consta a fs. 60/62, de la que surge que la menor junto a su novio C.L. 3 estarían residiendo en la Finca “Pozo Verde”, ubicada en El Carmen, Jujuy, de propiedad del Sr. R.S..

    De dicho informe (fs. 60/62), surge que al no contar el personal policial con orden de allanamiento para ese predio, se comunicó telefónicamente con el S. delJ.I., quien dispuso que, dada la gravedad del hecho, y con el fin de evitar que la pareja se traslade a otro lugar de la zona o provincia, se entreviste al propietario y se le solicite su autorización para el ingreso al lugar y proceder al rescate de la menor, siendo ubicados en una de las habitaciones que ocupaban los obreros temporarios.

    Allí, de acuerdo al informe mencionado, se puso a resguardo a la menor para ser entrevistada por el equipo de profesionales de la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas, L.. M.V. y Dr.

    D.G., informando luego la primera, que la menor le había manifestado que abandonó su vivienda familiar engañada por C.C., y que primeramente ésta y un masculino quisieron abusar de ella en un hotel alojamiento, no logrando su cometido debido a la intervención de empleados del lugar. Luego de ello -prosiguió-, fue trasladada a la localidad de Güemes con los ojos cubiertos, donde el masculino las dejó, siendo posteriormente maltratada por C. para obligarla a trabajar ejerciendo la prostitución con camioneros del lugar. Refirió que también le informó la menor, que estuvo con la nombrada -la imputada- en varios lugares de J. hasta que llegaron a Y., donde conoció a un joven con quien convivió, y luego a su actual pareja, con quien estuvo los últimos seis meses, reservándose la licenciada de aportar mayores datos, consignando que haría en el Juzgado por tratarse de temas de carácter personal e íntimo de la menor, recibiéndose posteriormente una orden del Secretario del Tribunal de que la menor sea trasladada a esta 4 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA ciudad, y que el joven quede en calidad de detenido incomunicado y sea llevado a la sede judicial a prestar declaración (ver tomas fotográficas de fs.

    63 y acta de procedimiento de fs. 64/65).

    A fs. 78/79 prestó declaración indagatoria C.A.P.L., manifestando que se encontraba trabajando en una finca de Y., y a su regreso de una jornada laboral vio que su cuñada C.M. llegó a su casa junto a S.F. el día 21 de octubre de 2011, entablando a los pocos días una relación e informándole ella que tenía diecinueve años de edad, quedándose a vivir en su casa junto a sus padres y hermanos, con quienes se llevaba muy bien. Dijo que transcurrida una semana, en la feria de ropa de Y., S. le presentó a una persona llamada C.C. diciéndose que era su hermana, como también a una mujer llamada P. que se encontraba con ella, desconociendo su apellido. Refirió que mientras él trabajaba en la cosecha del tabaco, S. hacía tareas domésticas; que nunca le preguntó sobre sus padres, y que creía que el único familiar que tenía era su hermana, antes mencionada. A preguntas formuladas acerca de cómo fue el encuentro con la nombrada C., dijo...

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