Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 5 de Febrero de 2019, expediente CSS 009850/2017/CA002

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 9.850/2017: “P.B.C. Y OTROS c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Y OTRO s/ AMPARO LEY 16.986

Buenos Aires, 5 de febrero de 2019. SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, como consecuencia de la remisión dispuesta por la Sala I de la Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social a fin de que se dirima el conflicto de competencia negativo suscitado en autos, de conformidad con lo establecido en el art. 20 de la ley 26.854 (vide fs. 147, 165, 166 y 181).

II- Que, por regla, para la determinación de la competencia corresponde atender de modo principal a la exposición de los hechos que se desprenden de los términos de la demanda (C.S., Fallos 321:1860; 322:1387; 327:4865; 330:628, etc.), examinando el origen de la acción, así como la relación de derecho existente entre las partes (C.S. Fallos: 328:2479; 328:2811; 330:811).

En la especie, del escrito de inicio de la presente, resulta que los actores promovieron la presente acción de amparo -en su carácter de agentes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación- con el objeto de que su empleador y la Administración Nacional de la Seguridad Social cesen de negar el carácter remunerativo de las sumas que el Ministerio abona regularmente en concepto de “incentivo” y, en consecuencia, dichas sumas se computen para efectuar el cálculo de su futuro haber jubilatorio, habida cuenta que han sido intimados por el Ministerio a iniciar los trámites de la jubilación ordinaria. Asimismo, solicitaron que se declare la inconstitucionalidad del artículo 6° de la Resolución ANSeS N°298, del 31/08/2016, mediante la cual se fijó, a partir del 1° de septiembre de ese mismo año el monto de $ 41.474,69 como tope máximo de los haberes jubilatorios (v. fs. 124/43).

Fecha de firma: 05/02/2019 Alta en sistema: 11/02/2019 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #29455267#225185428#20190206093641440 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 9.850/2017: “P.B.C. Y OTROS c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Y OTRO s/ AMPARO LEY 16.986

Cabe destacar que mediante escrito de fs. 180, los coactores han informado que ya no revisten como personal activo de la Procuración del Tesoro (v. fs. 174/9).

En tales condiciones y, de conformidad con lo...

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