Incidente de Control Patrimonial Campaña Electoral 28 Septiembre 2003-partido Socialista- Exp.Nº359-fº165-2003.

Fecha de publicación02 Septiembre 2008
Fecha de disposición02 Septiembre 2008
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS
Número de Gaceta31480
CAPÍTULO XV PATRIMONIO DEL PARTIDO Artículo 59) Se formará con los siguientes recursos: (*) Artículo 60
  1. Contribuciones de los afiliados.

  2. Retribuciones y donaciones voluntarias de personas físicas o jurídicas siempre y cuando estas sean públicas y no entren en contradicción con el artículo 15 de la ley 26.215.

  3. Subsidios o aportes del Estado Nacional o Provincial.

  4. Aportes del Comité Nacional del Partido.

  5. Ingresos provenientes de los que ocuparen cargos públicos y de los colaboradores dependientes de estos, que pudieran representar afiliados del partido con la siguiente: escala:

Senadores y Diputados Nacionales, Gobernador y vicegobernador,Intendente,Diputadosprovinciales,

Concejales, Ministros y Secretarios Provinciales y Secretarios y Directores Municipales aportarán de su remuneración mensual el Diez (10)% y los colaboradores dependientes el cinco (5)%.

Artículo 60

) Los fondos del partido deberán depositarse en bancos oficiales nacionales, provinciales a nombre del partido y a la orden de las autoridades que determine la Carta Orgánica o los organismos directivos. Los bienes inmuebles adquiridosconfondospartidariosoqueprovinieren de donaciones efectuadas con tal objeto, deberán inscribirse a nombre del partido.

CAPÍTULO XVI DE LA JUNTA ELECTORAL Artículo 61) Será designada por el Congreso Provincial y se compondrá de tres (3) miembros titulares y por lo menos un (1) suplente. Artículos 62 y 63
Artículo 62

) Dictará su propio reglamento y tendráasucargoordenaryrealizarinvestigaciones y establecer normas para la regularidad de los actos electorales, confección de padrones internos,sudepuración,aprobación,publicacióny distribución...

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