Argañaraz Patricia Cristina S/ Quiebra

Fecha de la disposición19 de Julio de 2010

JUZGADOS NACIONALES EN LO COMERCIAL N° 1

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 1 a cargo del Dr. Alberto Daniel Aleman, Secretaria Nº 1 a cargo de la Dra. Vivian Fernandez Garello, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, P.B., Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días que en los autos Printflex Manufacturas de Envases Flexibles S.A. s/Quiebra con fecha 2 de febrero de 2010 se ha decretado la quiebra de la deudora Printflex Manufacturas de Envases Flexibles S.A.' CUIT 30-70726388-8, Inscripta en la Inspección General de Justicia con fecha 04/04/2000, Bajo el Nº 4751 del Lº 10 Tº de Sociedad por Acciones, con domicilio social inscripto en Lavalle 1546, piso 3º 'B' Capital Federal, haciéndosele saber a los acreedores que por resolución de fecha 22 de junio de 2010 se dispuesto dejar sin efecto las fechas indicadas en el punto 14 a), b) y c) de dicho decreto y todo lo efectuado en consecuencia ábrase un nuevo período informativo, fijándose nuevas fechas: 1) fijar: el día 16 de septiembre de 2010 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar ante el síndico designado Contador Contador José Scheinkopf, con domicilio en Pueyrredón 468, piso 7º '45' Tel.: 4864-6235, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. los pedidos de verificación de sus créditos y títulos justificativos de los mismos (art. 32 LC). b) En los términos del art.

34 LCQ fíjase hasta el día 30 de septiembre de 2010 para que el deudor y los acreedores que lo hubiera hecho, concurra ante el sindico a los efectos de revisar legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones de las solicitudes formuladas; c) los días 29 de octubre de 2010 y 13 de diciembre de 2010 para que el sindico presente los informes individuales y general respectivamente (art. 35 y 39 Ley 24522). Intímese a los fallidos para que entreguen al síndico toda documentación relacionada con su contabilidad y los libros de comercio dentro de las 24 horas. y se hace saber la prohibición de hacer pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Asimismo, se hace saber que los ex dependientes de la fallida deberán requerir ante el sindico el certificado de servicios presentados en la fallida, dentro del plazo de dos años contados a partir de la última publicación de edictos. A cuyo fin deberán concurrir personalmente o promedio de persona debidamente autorizada con la documentación que acredite su relación laboral Buenos Aires, 28 de junio de 2010.

Vivian C. Fernández Garello, secretaria.

e. 13/07/2010 Nº 76594/10 v. 19/07/2010 N° 2

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 2, a cargo del Dr. Alberto Alemán, Secretaría Nro. 3, a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 Edificio Anexo Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días que con fecha 17 de mayo de 2010, se decretó la -quiebra de Argañaraz,

Patricia Cristina (CUIT 27-14645880-2) (Expte. 094499), habiendo sido designado Síndico al Cr. Diego Maximiliano Martínez, con domicilio en la calle Tucumán 1650 - 2do cuerpo Piso 5, de esta Capital, Tel: 4371-0872, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 30 de agosto de 2010.- A los efectos de impugnar las insinuaciones, contarán con un plazo hasta el día 13-09-2010 y podrán contestar las impugnaciones que se hubieren formulado, también ante la Sindicatura, hasta el día 27-09-2010. Fíjense los días 11-10-2010 y 23-11-2010 para que la Sindicatura presente los informes de los arts. 35 y 39 de la ley 24.522, respectivamente. Se prohíben los pagos y entrega de bienes al fallido, so pena de considerarlos ineficaces. Se ordena a la fallida y a quienes tengan bienes y...

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