Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 2 de Noviembre de 2021, expediente COM 006749/2016/CA001

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala E

PATELLI, D.H. c/ CAR ONE S.A. Y OTRO s/ ORDINARIO

(Expte. N° 6.749/2016).

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

PATELLI, D.H. c/ CAR ONE S.A. Y OTRO s/ORDINARIO

(Expte. N° 6.749/2016) -Juzg. 28 S.. 55- 13-15

En Buenos Aires, a los días del mes de noviembre de dos mil veintiuno reunidos los Señores Jueces de Cámara en la S. de Acuerdos, fueron traídos para conocer los autos seguidos por: “PATELLI, D.H. c/ CAR ONE S.A. Y

OTRO s/ ORDINARIO”, en los que según el sorteo practicado votan sucesivamente los jueces Á.O.S. y Miguel F.

Bargalló. El Dr. H.M. no interviene en el presente acuerdo por hallarse en uso de licencia (cfr. RJN. 109).

Estudiados los autos, la Cámara plantea la siguiente cuestión a resolver:

¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada del día 9 de febrero de 2021?

El J.Á.O.S. dice:

  1. La sentencia del 9 de febrero de 2021

    admitió parcialmente la demanda deducida por D.H.

    PATELLI contra CAR ONE S.A. y CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA

    Fecha de firma: 02/11/2021

    1. en sistema: 01/12/2021

      Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA

      Expte. N° 6.749/16

      Firmado por: A.O.S., JUEZ DE CAMARA

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      PATELLI, D.H. c/ CAR ONE S.A. Y OTRO s/ ORDINARIO

      (Expte. N° 6.749/2016).

      FINES DETERMINADOS y, en su mérito, condenó a estos en forma solidaria a: (i) entregarle al actor un vehículo 0

      Km, marca Chevrolet Onix SPT LTZ M/T en la versión y modelo vigente a la fecha en que el pronunciamiento quede firme; y (ii) abonarle al pretensor la suma de PESOS CIENTO CUARENTA

      MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO ($ 140.761) con más intereses. Impuso las costas a ambas demandadas.

      Para resolver en el sentido indicado, el sentenciante “a quo” refirió que no existe discrepancia en torno a que el actor fue suscriptor de un plan de ahorro previo de Chevrolet S.A. de ahorro para fines determinados para adquirir un automotor 0 km. marca Chevrolet, modelo “Aveo LS” del que resultó adjudicatario el 8/1/2015.

      Tampoco media disenso sobre la posibilidad de que se efectúe un cambio de modelo a Onix SPT LTZ M/T; ni que P. cumplió con el pago de las 84 cuotas que conformaban el plan.

      Estimó que la controversia versa sobre los motivos por los cuales no se concretó la entrega del rodado. Mientras la codemandada Chevrolet S.A de Ahorro adujó que la adjudicación del 8/1/2015 caducó porque el accionante no realizó el pedido de la unidad -ni la solicitud de cambio del bien- en término, la codemandada Car One negó cualquier responsabilidad.

      Fecha de firma: 02/11/2021

    2. en sistema: 01/12/2021

      Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA

      Expte. N° 6.749/16

      Firmado por: A.O.S., JUEZ DE CAMARA

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      PATELLI, D.H. c/ CAR ONE S.A. Y OTRO s/ ORDINARIO

      (Expte. N° 6.749/2016).

      Señaló que la controversia se encuentra alcanzada por la normativa de protección al consumidor visto el carácter profesional de las accionadas.

      Tuvo por acreditado que el demandante efectuó ante la concesionaria los trámites y presentaciones necesarias para concretar la operatoria de cambio de modelo, sin que exista algún indicio que revele que se le haya informado que su petición fue extemporánea. Valoró al efecto las diversas evidencias arrimadas a la causa por P. y el incumplimiento de las cargas probatorias que le incumbían a las codemandadas para amparar su posición.

      Por consiguiente, dispuso la entrega del vehículo reclamado, previo pago por parte de P. de los gastos de entrega ($ 13.000) más los correspondientes a patente y rentas ($ 9.500) quedando a cargo de las codemandadas la diferencia por el mayor valor que pudiese existir al día del cumplimiento de la sentencia.

      Hizo lugar a los reclamos por: i) privación de uso por $ 70.000; ii) daño moral $ 50.000 y iii) daño punitivo por $ 20.000.

  2. Apelaron las codemandadas. Fundamentó

    Car One su recurso, mientras que la administradora omitió

    hacerlo y su recurso fue declarado desierto el 18.05.21.

    1. contestó el traslado de la expresión de agravios de Car One.

      Fecha de firma: 02/11/2021

    2. en sistema: 01/12/2021

      Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA

      Expte. N° 6.749/16

      Firmado por: A.O.S., JUEZ DE CAMARA

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      PATELLI, D.H. c/ CAR ONE S.A. Y OTRO s/ ORDINARIO

      (Expte. N° 6.749/2016).

      La Fiscalía de Cámara dictaminó el 21 de mayo de 2021, proponiendo se mantenga la responsabilidad a ambas codemandadas y la aplicación del daño punitivo.

      La concesionaria se agravia de: i) la atribución de responsabilidad; ii) que no percibió pago alguno del actor e igualmente se le extiende la responsabilidad; iii) los montos otorgados como resarcimiento que reputa excesivos y la tasa de actualización dispuesta.

  3. Señalo en primer lugar que se...

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