Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 4 de Noviembre de 2009, expediente RP 102978

PresidenteKogan-Negri-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2009
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Secretaría Suprema Corte

Registrado bajo el N°267.

P.102.978- "P.,M..L. s/ hurto simple en grado de tentativa. Robo agravado por el uso de armas en concurso real con privación ilegítima de la libertad".

/// Plata, 04 de noviembre de 2009.

AUTOS Y VISTO:

  1. La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de M. condenó aM.L.P. a la pena de siete años de prisión, accesorias legales y costas, por encontrarlo autor penalmente responsable de los delitos de robo calificado por el uso de armas y privación ilegítima de la libertad agravada, en concurso ideal entre sí (fs. 279/285 vta.).

  2. Contra dicho pronunciamiento, el defensor oficial del procesado interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 291/296) que fue denegado por extemporáneo (fs. 298), ante lo cual la defensa dedujo recurso de reposición ante la Alzada (fs. 301/vta.) que fue también rechazado (fs. 310).

  3. Cabe recordar que contra la denegatoria del recurso extraordinario de fs. 298, el único remedio admisible –que debía interponerse ante esta Corte en el plazo de tres días- era el recurso de hecho previsto en el último párrafo del art. 356 del Código de Procedimiento Penal (según ley 3589 y modif.).

Que en el caso, la vía de hecho interpuesta ante esta Corte el 12 de diciembre de 2007 (v. fs. 395 vta.) resulta extemporánea desde que dicha...

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