Sentencia nº DJBA 149, 133 - AyS 1995 III, 9 - LLBA 1995, 1030 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 11 de Julio de 1995, expediente C 47442

Presidente del tribunalMercader-Laborde-Negri-Pisano-Rodríguez Villar-Salas
Número de expedienteC 47442
Fecha11 Julio 1995
Número de sentenciaDJBA 149, 133 - AyS 1995 III, 9 - LLBA 1995, 1030

En la ciudad de La Plata, a 11 de julio de 1995, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores M., L., N., P., R.V., S., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa Ac. 47.442, "P., L.C. contra B., O.. Daños y perjuicios".

A N T E C E D E N T E S

La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de General San Martín, confirmó el fallo de primera instancia que había hecho extensiva la condena a la compañía de seguros.

Se interpuso, por la citada en garantía, recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y encontrándose la causa en estado de dictar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorM. dijo:

  1. Para resolver como lo hizo y en lo que interesa para el recurso traído, la Cámara fundó su decisión en que:

    1. De la registración contable de la aseguradora fs. 106/107 surgen dos pagos, uno parcial anterior al siniestro y otro posterior correspondiente a vencimiento anterior; pero no surge de autos que este retardo no fuera aceptado con admisión de plazo de gracia, habida cuenta que no sólo no efectuó reserva alguna al recibir la denuncia el asegurador del siniestro ocurrido con antelación a la cancelación, sino que tampoco acreditó la fecha de recepción de esta denuncia que fue por lo menos coincidente con la recepción del pago del 31VIII86; aunque registrado al día siguiente.

    2. La conducta defensiva propuesta en autos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR