Paso del Portillo

Fecha de la disposición 6 de Febrero de 2008

Comunícase la constitución de una sociedad anónima, conforme a las siguientes previsiones: 1°) Socios: Juan Carlos Labarta, argentino, Documento Nacional de Identidad número 21.863.803, nacido el 10 de diciembre de 1970, de profesión empresario; la señora Elina Inés Teresita Giunta, argentina, Documento Nacional de Identidad número 16.982.998, nacida el 03 de octubre de 1964; los comparecientes son mayores de edad y personas hábiles de mi conocimiento; 2°) Fecha del acto constitutivo: 10 de diciembre de 2007; 3°) Denominación: PASO DEL PORTILLO SOCIEDAD ANONIMA; 4°) Domicilio: el domicilio de la sede social se ha fijado en calle Granaderos 1857, Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza; 5°) Objeto Social: La Sociedad tiene por objeto desarrollar por cuenta propia o ajena, o asociada a sus efectos con terceros bajo cualquier forma asociativa lícita, una, varias o todas las siguientes actividades: a) Turísticas: mediante la explotación de inmuebles propios o de terceros, la sociedad podrá efectuar emprendimientos tendientes al desarrollo turístico, tales como: construcción de cabañas, departamentos, apart hotel, hoteles o cualquier otra forma tendiente a brindar alojamiento y servicios gastronómicos y de entretenimiento a turistas; podrá -satisfaciendo los requisitos legales y reglamentarios aplicables-, actuar como agencia de viajes y turismo; b) Comerciales: compra venta de bienes en general, sea por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros; en especial los producidos como resultado de la actividad desarrollada en cumplimiento de la actividad anteriormente citada; c) Inmobiliaria: mediante la inversión en la adquisición para su locación, explotación, venta o permuta de toda clase de bienes inmuebles urbanos, suburbanos o rurales, la afectación al régimen de prehorizontalidad y la propiedad horizontal; d) Negocios fiduciarios: podrá actuar como sujeto fiduciario o fiduciante. e) Financieros: mediante la utilización de capital propio, podrá otorgar préstamos personales o comerciales, descontar documentos de terceros, facturas de crédito, órdenes de pago o documentos equivalentes, otorgar créditos prendarios o hipotecarios, originar y transferir carteras hipotecarias o prendarias, percibiendo un interés que compense la utilización del capital y una rentabilidad que considere pertinente, se excluyen expresamente las operaciones financieras regladas por la Ley 21.526 de Entidades Financieras. Para el cumplimiento del objeto social podrá ejercer...

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