Partido de Todos por la Victoria de los Derechos Sociales - Distrito Mendoza

Fecha de disposición24 Agosto 2007
Fecha de publicación24 Agosto 2007
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS
Número de Gaceta31224

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 12 a cargo del Dr. Rafael Cruz Martín Juez Subrogante, Secretaria Nº 23, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, PB. Capital Federal, COMUNICA POR 5 DIAS, en los autos caratulados' VENTURA MARIA CRISTINA S/ Concurso Preventivo (Hoy Quiebra (19.11.2004)) Expte. Nº 082782' que el Martillero Público Ricardo Héctor Nolé (C.U.I.T. Nº 20-04357427/3) REMATARA el Día 31 de Agosto de 2007 a las 12:45 horas en punto en La OFICINA DE SUBASTAS JUDICIALES sita en Tte. Gral. Juan Domingo Perón Nº 1233 de esta Capital Federal. (S/fs 103 y fs 443) el 100% del inmueble ubicado en MARCELO T. DE ALVEAR 1265 19º 'C', (S/fs 51/52) UF. 88, Piso 19, la Unidad complementaria nº LXIII ubicada en la Planta primer subsuelo y la unidad complementaria nº LXVI ubicada en la planta primer subsuelo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Nomenclatura Catastral: Parc.: 20; Secc: 7; Manz: 46; Parc:

12. MATRICULA: Nº 20-2656/88 (Complementarias LXIII- LXVI). EL inmueble se trata de un departamento en el contrafrente del edificio compuesto de living comedor 3 dormitorios, pisos de parquet parte con moquette, baño principal, un toilette con ducha, habitación de servicio, baño de servicio con ducha, balcon corrido contrafrente al norte dos entradas, una cochera fija en el 1er subsuelo sectorizada de uso individual.

El estado del departamento es muy bueno al igual que su conservación, posee agua caliente central y un lavadero separado de la cocina en un lateral del departamento. Se encuentra Desocupado. La venta se realizara al contado y al mejor postor en el estado físico y jurídico en que se encuentra. BASE: U$S. 80.000- SEÑA: 30%.

COMISIÓN: 3%. ARANCEL ACORDADA 10/99

CSJN 0,25%: El impuesto del art. 7 de la ley 23.905 será a cargo de los compradores, no estarán incluidos en el precio y será retenido por el Escribano que otorgue la escritura traslativa de dominio. Las tasas, impuestos y contribuciones devengadas luego de la posesión del inmueble serán a cargo del adquirente. Asimismo corre por cuenta del comprador a) el cumplimiento de todas las reglamentaciones de cualquier tipo que se refieran al inmueble. b) la remoción de cualquier impedimento que obstaculice la escrituración y sea ajeno a la quiebra, y

  1. hacerse cargo de la totalidad de gastos que ocasione la escritura de cualquier índole que sean. Se deja constancia que el saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto dia de aprobada la subasta, resolución que quedara notificada ministerio legis art. 580 del Cod- Proc.

    Bajo apercibimiento de lo dispuesto por...

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