Rio Parana Cia. S.A. C/ Loyola de Aramendi Graciela S/ Ejecutivo

Fecha de la disposición21 de Diciembre de 2010

Martes 21 de diciembre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.052 30

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2010.

Fernando J. Perillo, secretario.

e. 21/12/2010 N'° 158705/10 v. 22/12/2010 % 30 % N'° 25

El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial N'° 25, SecretarÃa N'° 50, sito en Av.

Callao 635, piso 4'°, Capital Federal, comunica por dos dÃas en los autos “RÃo Paraná Cia.

S.A. c/Loyola de Aramendi, Graciela s/Ejecutivo (Expte. N'° 011.652), que el martillero Alberto Daniel Quinteros, CUIT 20-07800775-4 (fs. 580), rematará el dÃa 29 de diciembre de 2.010 a las 10:15 hs. –en punto–, en la Oficina de Subastas Judiciales, sita en Jean Jaures 545, Capital Federal, el 50% indiviso del inmueble sito en la Av. Juan B. Justo N'° 4071/93, esquina Fragata Pte. Sarmiento 1807, piso 7'°,

U.F. 38, Capital Federal; Nomenclatura Catastral: Circ.: 15, Secc.: 59, Manz.: 145, Parc.:

13a; MatrÃclula 23.959. Superficie total: 38m2, 06dm2, porcentual 1 con 45 centésimos (fs.

543). Se trata de un departamento de dos ambientes, el cual se encuentra conformado por un dormitorio y un living-comedor con vista al contrafrente, un baño completo y una cocina completa y lavadero. En términos generales se encuentra en buen estado de uso y conservación. Ocupado y Ad-Corpus (fs. 592/3).

Base: U$S 19.000,- Venta al contado, al mejor postor y en dinero en efectivo. Seña 30%. Comisión 3%. I.V.A. sobre comisión 21%. Arancel 0,25% s/precio (Acord. 24/00 C.S.J.N.).

Impuesto de Sellos C.A.B.A. 0,8%. Deudas:

Expensas: no registra deuda al 20/05/09 (fs.

538); Municipalidad: $ 34,45 al 09/03/09 (fs.

525); AySA: no registra deuda al 17/02/09 (fs.

517); Aguas Argentinas: no registra deuda al 12/02/09 (fs. 513). El IVA sobre la comisión queda a cargo del comprador. El comprador deberá constituir domicilio en jurisdicción del 514 Juzgado, denunciar dentro del tercer dÃa de efectuada la subasta el nombre de su comitente en escrito firmado por ambos. Dentro del quinto dÃa de aprobada la subasta, deberá depositar el saldo en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Suc. Tribunales a la orden del suscripto y como perteneciente a los presentes obrados, sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo previsto por el art. 580 Cpr. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros âaún aquellos que pudieren estar a cargo de la parte vendedoraâ, que tengan directa vinculación con las transferencias de dominio a realizarse oportunamente a favor del adquirente en pública subasta, incluyendo entre otros, a las diligencias tendientes a la inscripción registral del bien o al levantamiento de medidas cautelares, estarán a cargo exclusivamente del comprador. El comprador no será responsable por las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas con anterioridad a la toma de posesión del bien, incluidas las eventuales deudas por expensas comunes en caso de tratarse...

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