Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 15 de Octubre de 2019, expediente COM 024196/2018

Fecha de Resolución15 de Octubre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 24196/2018/CA1 PAR SOL LABORATORIOS S.A. LE PIDE LA QUIEBRA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO LIDERAR S.A.

Buenos Aires, 15 de octubre de 2019.

  1. ) Par Sol Laboratorios S.A. planteó en fs. 154/159 una revocatoria "in extremis" contra la resolución dictada por la S. en fs. 152/153, que declaró

    mal concedida la apelación de fs. 117, como consecuencia de considerar inapelable el pronunciamiento que desestimó sus explicaciones y planteos y la intimó a depositar -en pago o a embargo- el monto del crédito por el cual se instó la petición, bajo apercibimiento de declararla en quiebra.

    Asimismo, dedujo en fs. 160/170 recurso extraordinario contra esa sentencia interlocutoria, que recibió contestación de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo Liderar S.A. en fs. 179/188.

    Finalmente, solicitó la suspensión del dictado de toda resolución en las presentes actuaciones y su remisión al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 9, Secretaría n° 18 (fs. 200).

  2. ) Razones de orden metodológico imponen analizar en primer lugar el pedido de suspensión incoado a fs. 200, mediante el cual la recurrente sostuvo que procura evitar “…el escandalo jurídico que podría derivarse de sentencias contradictorias, entre lo sometido a estudio en estas actuaciones (…) y lo ya resuelto por la S. B…”.

    1. puntualizar, de modo liminar, que no han sido explicados en Fecha de firma: 15/10/2019 Alta en sistema: 16/10/2019 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.C., PROSECRETARIO DE CAMARA #32651368#238637604#20191015115739269 modo alguno -siquiera identificados- los términos de aquella presunta contradicción.

    La S. “B” de esta Cámara de Apelaciones confirmó una resolución dictada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, mediante la que fue revocada la autorización oportunamente conferida a Aseguradora de Riesgos de Trabajo Liderar S.A. para operar en el sistema de seguros (v. copia de fs.

    190/106, expediente n° 888/2018).

    Pero ello, que tuvo lugar una vez agotado el trámite de este pedido de quiebra -es decir; luego de que esta S. denegara la apelación deducida contra el pronunciamiento que desestimó las explicaciones brindadas por la presunta deudora y la intimó a concretar el depósito pertinente bajo apercibimiento de decretar su quiebra-, no proyecta efecto alguno sobre la cuestión recursiva sub examine.

    Es que, ante la posibilidad otorgada a la demandada, en los términos de la LCQ 84, para que desvirtuara el estado de cesación de pagos invocado por la promotora de las presentes actuaciones, no cupo que aquella procurara la desestimación de esa denuncia mediante la interposición de una defensa de “falta de legitimación”, apoyándose en lo resuelto por la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR