Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Mayo de 2007, expediente Ac 98808

PresidenteSoria-Negri-Genoud-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2007
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 98.808 "L.P.D.P.S.R. de apelación. Incidente de comp. e/J.. Correccional nº 4 de Lomas de Zamora y J.. Correccional nº 3 de San Isidro.".

//Plata, 9 de Mayo de 2007.

AUTOS Y VISTO:

En atención a lo dispuesto por los arts. 20 inc. 3 y 35 inc. 3 del Código Procesal Penal, el conflicto de competencia planteado entre el J.ado en lo Correccional nº 3 de San Isidro y su par nº 4 de Lomas de Zamora debe ser resuelto por el Tribunal de Casación (conf. doct. Ac. 87.645, 26-III-2003; Ac. 89.097, 10-IX-2003; Ac. 91.621, 19-V-2004; Ac. 94.746, 29-VI-2005; Ac. 96.665, 22-II-2006).

Por ello, se declara improcedente la elevación de estas actuaciones por parte de la Dirección Adjunta de Fiscalización, A.O., de la Dirección Provincial de Rentas.

Hágase saber y remítanse...

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