Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 4 de Marzo de 2021, expediente CAF 069418/2019/CA001

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

69418/2019

PANDULLO, M. c/ UBA-FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

s/EDUCACION SUPERIOR - LEY 24521 - ART 32

Buenos Aires, de marzo de 2021.-

Y VISTOS:

Los presentes actuados a fin de resolver la admisibilidad de la producción de prueba documental e informativa ofrecida por la parte actora en el punto VII de su escrito recursivo, respecto de la cual no se opuso su contraria; y, la prueba informativa ofrecida por la parte demandada en el punto XI de su contestación; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que el actor interpuso recurso directo en los términos del artículo 32 de la Ley Nº24.521, contra la Resolución n° 487/Varios, del decano de la facultad de Ciencias Económicas, y Resolución n°

    2.050/Alumnos, del Consejo Directivo de dicha Facultad, por las cuales se le denegó el otorgamiento del Certificado de Mérito Académico que había solicitado, de conformidad con lo reglamentado en las Resoluciones Nros.

    887/94 y 684/94; ello, en el marco del expediente administrativo UBA Nº

    56372/2019.

    En particular, sostuvo que la demandada incurrió en un error al considerar que se había excedido el plazo de 7 años dispuesto por la normativa citada precedentemente para la finalización de la carrera, contado a partir de la aprobación de la primera materia de la carrera de contador público hasta la aprobación de la última de ellas de la licenciatura en administración. Afirmó que dicho plazo se vio interrumpido por diferentes circunstancias que no fueron debidamente valoradas. A ello, agregó que su promedio superaba el mínimo exigido en la reglamentación y la cantidad de insuficientes recibidos no superaba el máximo permitido.

    En esa oportunidad, acompañó prueba documental (v. punto VII.1); solicitó la producción de prueba documental en poder de la parte demandada, en particular: que se requiera a la Universidad de Buenos Aires la remisión de las actuaciones “TRI-UBA-0119163/2018”, en la que tramitó su reclamo administrativo; “TRI:-UBA: 0048144/2019”, en la que tramitó su pedido de pronto despacho; y “TRI:-UBA: 0071191/2019”, en la que tramitó

    Fecha de firma: 04/03/2021

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.L.P., SECRETARIA DE CAMARA INTERINA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    su recurso jerárquico, así como toda otra actuación relacionada con las Resolución Nros. “487/Varios y 2.050/Alumnos”, y que...

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