Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 29 de Octubre de 2019
Fecha de Resolución | 29 de Octubre de 2019 |
Emisor | Corte Suprema de Justicia |
Cita | 694/19 |
Número de CUIJ | 21 - 512411 - 2 |
Reg.: A y S t 293 p 302/305.
Santa Fe, 29 de octubre del año 2019.
VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa técnica de las imputadas contra la resolución 917, del 12 de octubre de 2018, de los Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe, doctora F. y doctores C. y P.M., en autos caratulados "PALOMEQUE, S.N.Y.P., S.P. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (EXPTE. 273/08): '1.-PALOMEQUE, S.N.2., S.P. S/USO DE DOCUMENTO PÚBLICO DESTINADO A ACREDITAR LA IDENTIDAD DE LAS PERSONAS FALSO Y USO DE DOCUMENTO PÚBLICO DESTINADO A ACREDITAR EL DOMINIO DE VEHÍCULO EN CONCURSO REAL 2. USO DE DOCUMENTO PÚBLICO DESTINADO A ACREDITAR LA IDENTIDAD DE LAS PERSONAS FALSO' - (EXPTE. 169/16 CUIJ 21-07008017-3)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ Nº: 21-00512411-2); y,
CONSIDERANDO:
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Los Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe, doctora F. y doctores C. y P.M., por resolución 917, del 12 de octubre de 2018, en lo que aquí interesa, rechazaron la nulidad planteada y confirmaron la sentencia recurrida, por medio de la cual, a su turno, el Magistrado en lo Penal de Sentencia de la Cuarta Nominación de dicha ciudad había condenado a S.N.P. como coautora penalmente responsable del delito de uso de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas falso y autora del delito de uso de documento público destinado a acreditar el dominio de vehículo en concurso real (arts. 296 en relación al 292, 2° párr. y 55, C.P.) a la pena de tres años de prisión en suspenso con costas y a S.P.P., como coautora penalmente responsable del delito de uso de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas falso (arts. 296 en relación al 292, 2° párr., C.P.) a la pena de tres años de prisión en suspenso, con costas (fs. 19/25v. y 2/16v., respectivamente).
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Contra este pronunciamiento, la defensa de las encartadas deduce recurso de inconstitucionalidad (fs. 30/43v.).
Relata que, al impugnar la sentencia de grado, planteó la nulidad de la causa con base en la negación de exhibición a los fines de la pericial del disco rígido de la computadora. Se agravia de que la Alzada no considerara a esta prueba como importante y necesaria, por entender que estaba relacionada con los hechos por los cuales las imputadas habían sido sobreseídas por prescripción de la acción penal.
Se queja asimismo de que se trasladara la gravísima responsabilidad por la pérdida de pruebas a su parte y se...
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