Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 23 de Mayo de 2022, expediente CIV 003951/2019/CA002
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala L |
Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”
3951/2019
P, W D c/ S, G C s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O
MUERTE)
Buenos Aires, 23 de mayo de 2022.- MSS
AUTOS Y VISTOS:
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Contra la providencia del día 26/4/2022, segunda parte, punto I, se alzó disconforme la mediadora por los fundamentos que expuso el día 27/4/2022, contestados el 10/5/2022.
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De la compulsa del expediente digital surge que el 25/2/2022 la citada en garantía solicitó se resuelva el prorrateo planteado. El 7/3/2022, no habiendo la interesada presentado las cuentas del prorrateo que pretendía hacer valer, se la intimó a que dé
cumplimiento, bajo apercibimiento de tener por desistido dicho planteo.
El 15/3/2022, la citada en garantía presentó un escrito titulado “prorrateo” que mereció el despacho de fecha 21/3/2022: “…
Estese a la intimación efectuada en fecha 7 de marzo de 2022, a lo que allí fue requerido y hágase saber, además, que no se ha considerado la decisión regulatoria de fecha 22/2/2022…”.
Finalmente el 30/03/2022, efectuó el cálculo de prorrateo.
El traslado fue contestado el 7/4/2022 por la apelante, oportunidad en donde además solicitó la declaración de extemporaneidad del planteo efectuado por la aseguradora.
El 26/4/2022, el Sr. Magistrado tuvo por contestado el traslado y entendió extemporáneo lo manifestado en relación a la presentación fuera de término del escrito ingresado el 15/3/2022 por la citada en garantía.
La mediadora cuestionó dicha decisión. Sostuvo que su planteo no fue extemporáneo por haberse efectuado en respuesta al Fecha de firma: 23/05/2022
Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.S.S., SECRETARIA ADSCRIPTA
Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”
traslado ordenado, que la presentación efectuada por la aseguradora fue interpuesta fuera de término y que debió ser rechazada. A su turno, la citada en garantía contestó el traslado conferido con los fundamentos que expuso en su presentación de fecha 10/5/2022.
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Es así que como correctamente señaló el anterior Juez, la mediadora debió valerse de...
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