Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 13 de Junio de 2018, expediente Rc 122493

PresidenteSoria-Negri-Genoud-Kogan
Fecha de Resolución13 de Junio de 2018
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

"PAGANO MIGUEL ANGEL C/ ASTUDILLIO SERGIO DAMIAN S/ DAÑOS Y PERJUICIOS"

La Plata, 13 de Junio de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

  1. Conforme surge de las constancias acompañadas, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 4 del Departamento Judicial de La Plata hizo lugar a la acción por daños y perjuicios impetrada por M.Á.P., contra S.D.A. y la citada en garantía Liderar Compañía General de Seguros SA. En consecuencia, condenó al demandado a abonar al actor la suma de $ 475.000 con más intereses y costas. Asimismo hizo lugar a la defensa de falta de seguro (v. fs. 1/3 vta.)

    A su turno, la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial departamental revocó esa decisión y rechazó la demanda (v. fs. 4/8 vta.).

    Frente a lo así resuelto, el legitimado activo interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. fs. 9/13), el que denegado con sustento en la insuficiencia del valor del agravio (v. fs. 15), motivó la articulación de la presente queja (art. 292, CPCC; v. fs. 16/18 vta.).

  2. Al respecto cabe señalar, en cuanto a la vía de inaplicabilidad de ley denegada, que el valor del agravio está representado para el impugnante por el importe de la indemnización fijada a su favor en la sentencia de primera instancia consentida por el actor, que luego fuera revocada por el Tribunal de Alzada ($ 475.000, v. fs. 3 vta.; conf. doctr. C. 111.667, "M.E.N.", resol. de 12-X-2011; C. 113.830, "Castagnini", resol. de 10-X-2012; C. 117.284, "A.", resol. de 20-III-2013; C. 119.515, "C.", resol. de 11-III-2015), el que no supera el monto mínimo establecido por el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial -texto según ley 14.141 y Acordada 3.869/2017, vigentes al momento de interposición del carril extraordinario- para...

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