Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 31 de Agosto de 2018, expediente COM 008165/2006

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 8165/2006 - PADEC - PREVENCION ASESORAMIENTO Y DEFENSA DEL CONS. c/ BANKBOSTON N.A. s/SUMARISIMO Juzgado n° 12 - Secretaria n° 23 Buenos Aires, 31 de agosto de 2018.

Y VISTOS:

  1. La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró

    procedente el recurso extraordinario interpuesto por “P.” dejando sin efecto el pronunciamiento dictado por la Sala A de este Tribunal a fs.

    3978/3985, lo que motivó la radicación de las actuaciones en esta Sala (fs.

    4376).

    Por ello y a fin de resolver las quejas articuladas por ambas partes contra lo decidido en primera instancia, resulta pertinente efectuar una síntesis de la causa.

  2. La demanda y su responde 2.1. La actora demandó la nulidad del cargo “mantenimiento de cuenta” de cajas de ahorro aplicado por BankBoston N.A., requiriendo se lo condene a: i) reintegrar lo percibido por tal concepto desde marzo de 1996, con más los intereses que fije el sentenciante; ii) depositar lo adeudado a sus clientes a través del mecanismo que fue cobrado y, a los que se hubiesen desvinculado, en la cuenta de autos; y, iii) sufragar los costos del proceso (v. fs. 12/21).

    2.2. BankBoston N.A. pidió se desestime la acción por: a) falta Fecha de firma: 31/08/2018 Alta en sistema: 03/09/2018 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #22723327#206525196#20180831122915276 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B de legitimación activa; b) validez del contrato de caja de ahorros; y, c)

    prescripción parcial del reclamo conforme la LDC (v. fs. 1345/1389).

  3. La sentencia recurrida El Magistrado de primera instancia dictó sentencia a fs.

    3782/3834 decidiendo: a) tener por legitimada a la actora; b) fijar el cargo por mantenimiento de la caja de ahorro en $ 5,00 a partir del 25-8-08 y por el término de un año; c) condenar al defendido a depositar lo percibido en exceso en la caja de ahorro de sus clientes y, para los que se hubieran desvinculado, ponerlo a su disposición durante 60 días; d) que el cumplimiento de la condena se acredite mediante la firma conjunta de dos contadores y un escribano; e) rechazar las nulidades retroactivas impetradas por la actora y declarar abstracta la prescripción alegada por el demandado; y, f) distribuir las costas en 40% y 60% a cargo de la reclamante y el reclamado, respectivamente.

  4. Los agravios 4.1. Las quejas de la accionante (fs. 3853/3867) radican -en síntesis- en que el J. a quo: i) no declaró nula la cláusula redactada por el accionado; ii) omitió condenar a “Standard Bank”, continuador del servicio bancario prestado por el demandado; iii) acotó a sólo 60 días la restitución de los cargos; iv) no condenó al pago de intereses; y, v) le impuso parcialmente las costas.

    4.2. Los reproches del defendido (fs. 3881/3918) refieren que la condena es de imposible cumplimiento por cuanto desde el 1-4-07 no posee clientela de caja de ahorros y se agravia -específicamente- porque: a)

    tuvo por legitimada a la actora; b) readecuó el “costo de mantenimiento de Fecha de firma: 31/08/2018 Alta en sistema: 03/09/2018 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #22723327#206525196#20180831122915276 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B cuenta”; y, c) le impuso costas en mayor proporción que a la accionante.

  5. Lo decidido por la CSJN El Superior Tribunal ordenó a fs. 4283/4287 se dicte nueva sentencia ajustada a las pautas allí discernidas, que a continuación se sintetizan:

    a) la protección especial que el art. 42 CN, brinda a los consumidores“en razón de ser sujetos particularmente vulnerables...

    dentro del sistema económico actual” (pto. 5); b) tutela que “se acentúa aún más en los contratos bancarios... (porque implica adherir) ...a condiciones generales predispuestas... contexto propicio para las cláusulas y prácticas abusivas...(lo que llevó a dictar diversas normas legales) ...para eliminar asimetrías que distorsionan el mercado bancario en perjuicio” de los consumidores (pto. 7); c) distorsión que se intensifica en autos, pues la “existencia en los contratos de caja de ahorro, de cláusulas que impongan costos de mantenimiento de cuenta que... puedan consumir... la tasa de interés que ofrece la entidad... (y) ...el capital depositado por el ahorrista, provoca la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR