Juicios Varios / Pacheco Carlos Antonio C/ Olmos Felisa. Aviso Nro: 138110

Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2008
Número de Boletín26865
Fecha de Publicación 5 de Septiembre de 2008

POR 5 DlAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Conciliación y Trámite del Trabajo de la Cuarta Nominación, a cargo de la Dra. Olga Yolanda Medina, Juez; Secretaría de la Proc. Emilia Perez Gandur de Bergamín, tramitan los autos caratulados: PACHECO CARLOS ANTONIO C/ OLMOS FELISA S/ COBROS en los cuales se realiza un breve resumen de la demanda motivo de la presente litis:En 28/04/04 el letrado Rafael Martín Hardoy apoderado de Carlos Pacheco D.N.I. N° 6.993.938; inicia acción por cobro de pesos contra la Olmos Felisa por la suma de $40.672,07 o lo que más o menos resulte de las probanzas de autos, con más los intereses desde que cada suma es adeudada hasta la fecha de su total y efectivo pago, gastos y costas. Objeto:Promueve Demanda por el trámite ordinario, previsto en el art. 54 de la Ley 6204, por cobro de la suma de pesos:treinta y uno mil ciento noventa y tres con ochenta y ocho centavos (31.193,88) o la mayor o menor suma que resulte de las probanzas de autos mediante la prueba pericial contable que se ofrecerá oportunamente, con más sus intereses desde que cada suma es debida y hasta y efectivo pago, conforme tasa de intereses, que fija el Banco de la Nación Argentina, para préstamos a treinta días, debido a la evidente depreciación monetaria sufrida por nuestro país desde el 01/01/2002 y persiste a la fecha conforme amplia Jurisprudencia sobre el tema (Cámara Nacional del Trabajo:Salas:II-VI-VII en Lexis Nexis -2003 N°:O; Cámara Nacional del Trabajo en pleno -Resolución N° 9/2002 del 30105/2002 en Lexis-Nexis-Legislación Agentina Junio de 2002, fascículo N° 9 pág. 45, etc. Debido de que a partir de esa fecha se han modificado notablemente las condiciones económicas que han hecho variar y modificar las Tasas de Intereses, con más costas, gastos, en contra de la Sra. Felizsa Olmos, argentina, mayor de edad, comerciante, CUIT:27-03696410-9, con domicilio en calle Córdoba N° 849/861/863 de ésta ciudad.-. Hechos:III-Fundo la demanda en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:1-) Mi mandante ingresó a trabajar en el negocio dedicado a playa de esta, garaje, venta de lubricante, bajo relación de dependencia en el año 31/10/1997 para el Sr. Adrián A. Gálvez Cuit:20-17494997-3 ubicado en calle Córdoba N° 849/863 de ésta ciudad, cumpliendo funciones de encargado general, playero, funciones administrativas con manejo de valores, ya que percibía, los alquileres algunos mensuales, otros diarios o por hora, el precio de los lubricantes...

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