A/feller, Pablo (cuit Nº 20209112923) C/faggionato, Alberto Jose (cuit Nº 20076065161) S/inc. de Concurso Especial Art. 209 L.C.

Fecha de disposición09 Mayo 2008
Fecha de publicación09 Mayo 2008
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31401

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil 75, a cargo de la Dra. Virginia Simari, Secretaria. Unica, a cargo del Dr. Ignacio M. Rebaudi Basavilbaso, con sede en la Avda. de los Inmigrantes 1950, Planta Baja, comunica por dos días en los autos 'BERNAT ENRIQUE c/DI MARINO MARTA BEATRIZ s/EJECUCION HIPOTECARIA' Expte. Nº 61531/02, que el martillero Carlos Alberto Ortiz Cabanne (CUIT Nº 20-04244391-4), rematará el 15 de mayo de 2008, a las 12.00 hs en punto, en los salones de Tte. Gral. Juan D. Perón 1233, Ciudad de Buenos Aires, al contado y al mejor postor el bien, sito en la calle ARISTOBULO DEL VALLE 3733, PISO 3ro., UNIDAD FUNCIONAL 5 (LETRA 'A'), de la Ciudad de MAR DEL PLATA, Pdo. de GRAL. PUEYRREDON, Pcia. de BUENOS AIRES; inscripto en la MATRICULA correspondiente bajo el Nº 119752/5. NOM. CAST.:

Circ.VI, Secc. D, Mzna. 326 'c', parc.9 'a', subparcelas 5 (03-01) y. La propiedad se encuentra habitada por la sra. Marta B. Di Marino, DNI.

5.484.755, en calidad de propietaria y su esposo sr. Hugo Serpi, DNI. 4.534.539 y dos hijos mayores, Maximiliano y Evangelina Serpi. La unidad está ubicada al frente y consta de amplio living comedor a balcón corrido que dan a la calle, tres domitorios, con placard, dos de los cuales acceden al referido balcón y el 3º al pozo de aire y luz, posee un baño completo con amplia mesada y un toilette con ducha. Por un corredor se accede a un comedor diario abierto a una amplia cocina, con pequeño lavadero, y consta de una habitación de servicio con baño. La construcción es de buena calidad en base a materiales nobles. Los solados del living comedor, circulaciones, comedor diario, cocina y dependencias de servicio son cerámicos, así como los del baño y toilette, cuyos revestimientos son también de cerámicos en colores. Los de los dormitorios están cubiertos en moquette. El agua caliente y la calefacción es provista por una caldera a gas individual para el piso.

Posee doble circulación y entrada principal y de servicio, que dan al palier de acceso. El departamento se encuentra en buen estado de conservación. Posee un espacio guardacoche. La unidad forma parte de un edificio de planta baja y cuatro pisos altos, con dos unidades por piso, una al frente y otra al contrafrente. Un ascensor abastece el tráfico del edificio. En planta baja, se encuentra la entrada principal que da a un gran hall de acceso y el portón del garage. Su ubicación es privilegiada, a una cuadra de Playa Grande. BASE: u$s 65.000.-, debiendo abonar quien resulte comprador: SEÑA: 30%; COMISION 3%; TASA CSJN 0, 25% (conforme acordada Nº 10/99) y el 0,50% del SELLADO DE LEY PROVINCIAL del 1%, todo en dinero en efectivo en el acto de suscribir el boleto de compraventa, debiendo constituir el comprador domicilio dentro del radio de la Capital Federal, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Código Procesal. El saldo de precio deberá abonarlo el comprador dentro del quinto día de aprobada la subasta, sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del C.P.C. De conformidad con lo dispuesto en el art. 598 del Cód. Procesal, reformado por el 79 inc. 7º de la ley 24441, no procede la compra en comisión. En virtud de lo dispuesto por la doctrina plenaria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, de fecha 19/2/1999, en autos 'Servicios Eficientes S.A. c/Yabra Roberto Isaac s/Ejecución Hipotecaria', no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasa y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlos. No cabe una solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13512. DEUDAS:

fs. 523/6 AL y CVP, Mplidad...

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