VALLE DE LAS LEÑAS S.A.

Fecha de disposición15 Septiembre 2017
Fecha de publicación15 Septiembre 2017
SecciónAvisos Comerciales

VALLE DE LAS LEÑAS S.A.

Mediante la Resolución 190-2017 de la Secretaria de Comercio, Ministerio de Producción, en el marco del expediente N° S01:0206654/2010 (C. 1339) de fecha 02/12/2015, Dictamen CNDC N° 991, caratulado "Valle de las Leñas S.A. S/Infracción a la Ley 25.156 (C. 1339)", se ha solicitado que la firma Valle de las Leñas S.A. publique el Compromiso asumido, a saber: Definiciones. ÁREAS PÚBLICAS: se refiere a todos los espacios propiedad de VLL ubicados en el Centro de Esquí y destinados al uso público general. Entre ellos calles internas, escaleras y pasillos que comunican los distintos edificios del Centro de Esquí, sectores o explanadas aledaños a los edificios ubicados en la base del Centro de Esquí, paradas del servicios de transporte interno, baños públicos, así como cualquier otro sector que en el futuro VLL ponga a disposición del público. CENTRO DE ESQUÍ: se refiere al centro de deportes de montaña propiedad de VLL. SERVICIOS EXCLUSIVOS DE VALLE DE LAS LEÑAS: son servicios en los que, por cualquier circunstancia, su prestación no es factible o no resulta económicamente rentable la entrada de terceros prestadores y por lo tanto son brindados exclusivamente por VLL, ya que no existen propuestas alternativas. El servicio exclusivo por excelencia es el de medios de elevación y asistencia en pista, sin embargo, de oficio o a pedido de parte, la CNDC podrá declarar servicio exclusivo a otros servicios contenidos en el ASU. SERVICIOS BRINDADOS EN COMPETENCIA: son todos aquellos servicios no específicamente definidos como SERVICIOS EXCLUSIVOS DE VALLE DE LAS LEÑAS ni SERVICIOS ESENCIALES (ej. hotelería, gastronomía, alquiler de equipos de esquí, venta de productos en general, etc.). SERVICIOS ESENCIALES: Son aquellos servicios brindados por VLL a los terceros propietarios de hoteles, departamentos y locales comerciales, que están incluidos en el ASU y otros que se facturan en forma independiente (ej. energía eléctrica, gas telefonía fija, y televisión). USUARIOS: se refiere a los propietarios o explotadores de propiedades dentro del Centro de Esquí y que perciben los servicios prestados por VLL. No se refiere, salvo expresamente indicado al turista/consumidor final de los servicios prestados en el Centro de Esquí. VLL: Se refiere a Valle de las Leñas S.A. CLAUSULA PRIMERA: OBJETO. El presente tiene por objeto ofrecer un Compromiso por parte de VLL en el marco del expediente de la referencia con el alcance del Art. 36 de la...

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