TERROIR INVESTMENTS S.A.

Fecha de disposición27 Junio 2016
Fecha de publicación27 Junio 2016

TERROIR INVESTMENTS S.A.

Por Asamblea de fecha 11/05/2016 se aceptó la renuncia de Federico Guillermo Tomás Leonhardt y se designó en su lugar al Director Titular Alejandro Pedro BULGHERONI constituyendo domicilio especial en Av. del Libertador 498 14° piso sector "norte" C.A.B.A.; y se resolvió la reforma de los siguientes Artículos: ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad constituida bajo el nombre de "Terroir Investments S.A." continuará funcionando bajo la denominación social de "VICUS Desarrollos S.A." y tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", y ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: (i) Comercialización en todas sus formas, sea por compra, venta, permuta, consignación, representación, fraccionamiento, subdivisión, loteo, distribución, intermediación de derechos de superficie, bienes inmuebles, muebles y servicios relacionados a proyectos y emprendimientos inmobiliarios y/o desarrollos urbanísticos;(ii) Desarrollo, planificación, evaluación, programación, formulación, implementación, administración, coordinación, supervisión, gestión, organización y ejecución de proyectos y emprendimientos inmobiliarios, y/o desarrollos urbanísticos, incluyendo, sin que implique limitación, el fraccionamiento, loteo y licitación de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, régimen de propiedad horizontal, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas, parques industriales, oficinas comerciales y/o centros de consumo; realización de estudios de factibilidad, de impacto ambiental, de ingeniería hidráulica y todos aquellos que sean necesarios para llevar adelante los proyectos de desarrollo, pudiendo requerir y obtener las habilitaciones que fueren necesarias de las autoridades gubernamentales competentes; quedando expresamente excluido el asesoramiento en las materias y/o actividades que de conformidad con las disposiciones legales vigentes, deban ser realizadas por profesionales con título habilitante, pudiendo contratar profesionales con título habilitante para el diseño, ejecución y dirección de obras de infraestructura, y cualquier otra actividad que deba ser realizada por dichos profesionales de acuerdo a las leyes de incumbencia profesional vigentes; (iii) Explotación de marcas, patentes, métodos, fórmulas, licencias, tecnologías, knowhow, modelos y diseños...

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