TELECOM ARGENTINA S.A.

Fecha de disposición20 Abril 2018
Fecha de publicación20 Abril 2018
SecciónAvisos Comerciales

TELECOM ARGENTINA S.A.

Telecom Argentina S.A. (la "Compañía"), constituida por escritura Nº 73 de fecha 23/04/1990 y por escritura N° 142 de fecha 3/07/1990, ambas del Registro Notarial del Estado Nacional, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un plazo de 99 años, inscripta en la Inspección General de Justicia el 13/07/1990 bajo el N° 4570, libro 108, tomo A de Sociedades Anónimas, con domicilio en Avda. Alicia Moreau de Justo 50, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informa, en cumplimiento del Art. 10 de la Ley N° 23.576 y sus modificatorias (la "Ley de Obligaciones Negociables"), que ha resuelto mediante Asamblea General Ordinaria del 28/12/2017, la creación del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables por un Valor Nominal de hasta US$ 3.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de valor) (el "Programa"), en trámite de autorización por parte de la Comisión Nacional de Valores (la "CNV"), y los términos y condiciones aplicables a las obligaciones negociables que se emitan bajo el mismo (las "Obligaciones Negociables"). Las Obligaciones Negociables constituirán "obligaciones negociables" en los términos de la Ley de Obligaciones Negociables, y serán obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, a emitirse en una o más clases y/o series en cualquier momento durante la vigencia del Programa, que será de cinco años contados a partir de la fecha de su autorización por la CNV y/o cualquier prórroga debidamente autorizada por ésta. Las Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en cualquier moneda o unidad de valor, según se determine en el correspondiente suplemento de prospecto, y están limitadas a un monto de capital total de US$ 3.000.000.000 (o su equivalente en pesos u otras monedas o unidades de valor) en circulación durante la vigencia del Programa. Los plazos y las formas de amortización de las Obligaciones Negociables serán los que se especifiquen en los suplementos de prospecto correspondientes, siempre dentro de los plazos mínimos y máximos que permitan las normas vigentes. Las Obligaciones Negociables no estarán garantizadas con garantía real o especial ni por la Compañía ni por sus subsidiarias. Las Obligaciones Negociables podrán emitirse con cláusulas de devengamiento de intereses sobre el capital o valor nominal o emitirse exclusivamente sobre la base de un descuento en el precio de suscripción sobre su valor nominal y no prever un pago de intereses u otra forma de...

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