SFI SERVICIOS FIDUCIARIOS INTERNACIONALES S.A.

Fecha de la disposición13 de Febrero de 2019

SFI SERVICIOS FIDUCIARIOS INTERNACIONALES S.A.

IGJ No. Correlativo 1.803.215 Se hace saber por un día, en los términos del artículo 10, inc. b), de la ley 19550 que la Asamblea General Extraordinaria del 31.01.19 aprobó reformar la cláusula tercera del estatuto social referida al objeto social conforme con el siguiente texto: "TERCERA: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: a) Fiduciarias: Administración fiduciaria de fideicomisos de administración, adquirir el dominio fiduciario de todo tipo de bienes, percibir los aportes de los fiduciantes y el producido de la venta de dichos bienes a los adquirentes, realizar los pagos que se requieran para la realización de las obras y proyectos objeto de cada uno de los fideicomisos que se administren, transferir a los adquirentes y/o a los beneficiarios y/o sus cesionarios las propiedades inmuebles, muebles y/o otros bienes que correspondan según los instrumentos que oportunamente se otorguen, realizar los actos de administración y conservación que fueran necesarios para la realización del objeto, celebración y participación en fideicomisos tanto común como financiero, actuando como fiduciante, fiduciario, beneficiario o fideicomisario, administración de fondos fiduciarios y emisión de certificados de participación y títulos de deuda. Para su actuación como sociedad fiduciaria, conforme con las normas legales y reglamentarias vigentes y para cumplir con el objeto mencionado, la sociedad podrá efectuar toda clase de actos y contratos y emprender todo tipo de negocios y actos jurídicos de cualquier naturaleza, incluyendo el asesoramiento a personas físicas o jurídicas y toda otra facultad con toda amplitud que fuere necesario; b) Actividades inmobiliarias: el desarrollo, construcción y comercialización de edificios por el Régimen de Propiedad Horizontal y en general todo tipo de inmuebles, como así también todo tipo de obras civiles, compraventa, permuta, alquiler, arrendamiento y administración de propiedades, inclusive las comprendidas bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, la urbanización de clubes de campo y parques industriales, tasaciones y valuaciones de los distintos tipos de inmuebles (campos, locales comerciales, oficinas y residenciales)...

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