I.P. Redes Sa S/quiebra

Fecha de disposición09 Diciembre 2008
Fecha de publicación09 Diciembre 2008
Número de Gaceta31548

Ejecutivo' cita por edictos que se publicarán por dos dÃas en el BoletÃn Oficial y en El Derecho a SERAFIN JORGE FRANCISCO (L.E. 4.838.333) a fin de que dentro de los cinco dÃas contados a partir de la última publicación abone el importe reclamado de $ 3.600 en concepto de capital con mas la suma de $ 1.800 que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas. La intimación de pago importará la citación de remate para oponer excepciones y constituir domicilio dentro del radio de la Capital Federal en el término de cinco dÃas, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial que lo represente.

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2008.

Fernanda A. Gómez, secretaria.

e. 05/12/2008 Nº 92.119 v. 09/12/2008 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 10 a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, secretarÃa Nº 20 cargo de la Suscripta, sito en Callao 635 P.B. Cap. Fed., comunica por cinco dÃas que con fecha noviembre 10 de 2008 se decretó la quiebra de PEREYRA RICARDO ALBERTO LE.: 8.326.219, en la cual ha sido designado sÃndico el contador ISAAC JOSPE con domicilio constituido en JOSE EVARISTO URIBURU 1054, PISO 7, 'D' CABA., ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los tÃtulos pertinentes justificativos de sus créditos hasta el 27.03.2009 (ley 24.522:

32) en el horario de 12:00 a 18:00 hs. El informe individual del sÃndico deberá presentarse el 14.05.2009 y el general el 26.06.2009 (art. 35 y 39 de la citada ley). Intimase al fallido y a terceros para que pongan a disposición del sÃndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que dicho funcionario tome inmediata y segura posesión de los mismos. ProhÃbese a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.:217:1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. IntÃmase al fallido para que en el plazo de 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Tribunal. Se libra el presente en los autos PEREYRA RICARDO ALBERTO S/ QUIEBRA, en trámite ante este Juzgado y SecretarÃa.

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2008.

Fernanda A. Gómez, secretaria.

e. 04/12/2008 Nº 20545/08 v. 11/12/2008 Nº 12

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 12, a cargo del Dr. Rafael Cruz Martin, Secretaria 23, a cargo del Dr. Alberto F.

Pérez, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Planta Baja, comunica por cinco dÃas que en los autos:

'MIGUEL ANTINIO CASABUONO SRL SERVICIO DE CATERING S/ QUIEBRA' con fecha 14 de noviembre de 2008 se ha declarado en estado de quiebra a Miguel Antonio Casabuono S.R.L.

Servicio de Caterign, (insc. Bajo el Nº 3988, Lº 110, Tº SRL del 28/5/99), que el SÃndico designado es el contador Leandro José Villari, con domicilio en la calle Viamonte 723, 6º Cap. Fed., ante quien los acreedores deberán presentar los tÃtulos justificativos de sus créditos, hasta el 11 de marzo de 2009. Fijanse hasta los 22 de abril de 2009 y 5 de junio de 2008 el término para que la sindicatura presente los informes previstos por el art. 35 y del art. 39 de la L.C.Q., respectivamente. La fallida dentro de las 24 hs de notificada deberá hacer entrega a la Sindicatura de sus bienes, libros de Comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Se prohÃben los pagos y entregas de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces e intÃmase a quienes tengan bienes y documentos de la misma, para que los pongan a disposición del Sindico dentro del término de cinco dÃas, bajo apercibimiento de ley. IntÃmase al fallido para que dentro del plazo de 48 hs. constituya domicilio procesal dentro del radio del juzgado bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado.

En Buenos Aires, 21 de noviembre de 2008.

Alberto Francisco Pérez, secretario.

e. 02/12/2008 Nº 19306/08 v. 09/12/2008 Nº 14

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Susana M.I.

Polotto, SecretarÃa Nº 27, a cargo del Dra. Karin MartÃn de Ferrario, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por por 5 dÃas que con fecha 24 de noviembre de 2008, en los autos caratulados 'CONSTRUCTORA MEDICA S.A. S/QUIEBRA', se resolvió decretar la quiebra de CONSTRUCTORA MEDICA S.A. (C.U.I.T 30-56797510-6) haciéndole saber a este y a los terceros que deberán hacer entrega al sÃndico de los bienes que posean del fallido, asà como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al sÃndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, asà como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24522 en cuanto a su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. FÃjase hasta el dÃa 13/03/09 para que los acreedores por causa o tÃtulo anterior a la declaración de quiebras y sus garantes, formulen al sÃndico el pedido de verificación de sus créditos. Se fijan las fechas de 27/04/09 y el 10/06/09 para...

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