Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 20 de Diciembre de 2018, expediente CFP 004315/2009/CA006

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 4315/2009/CA6 CCCF - Sala I CFP 4315/2009/CA6 “P., R. s/prescripción”

Juzgado N° 1 – Secretaría N° 2.

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2018.

Y VISTOS: Y COSNIDERANDO:

  1. El Dr. Mariano Di Meglio y el Sr. Fiscal interpusieron recurso de apelación a fs. 1440/1443 y 1445/1446, respectivamente, contra la resolución de fs. 1434/1438 que declaró

    extinguida la acción penal por prescripción respecto de R.P..

    Se investiga en autos la administración infiel en perjuicio de la Obra Social de Maquinistas de Teatro y Televisión desarrollada por R.P. durante el período en el que se desempeñó como administrador provisorio de esa entidad entre el 19/2/2009 y el 15/2/2010.

  2. La parte querellante se agravia al considerar que el llamado a ampliar la declaración indagatoria, con fecha 14/9/2015, por los nuevos hechos denunciados por esa parte, interrumpe el plazo de la prescripción de la acción penal seguida contra el encartado, en el entendimiento de que consistió en un despliegue de la actividad jurisdiccional, tanto de la Fiscalía como del Tribunal interviniente.

    Por otra parte, aunque no fue motivo de agravio en el recurso de apelación, posteriormente suscribió la postura de la fiscalía, en cuanto propicia la aplicación del plenario “Prinzo” para mantener la acción penal vigente, al existir dos procesos en trámite contra P..

    A su turno, el Sr. Fiscal, sostuvo que no debía declararse prescripta la acción penal teniendo en cuenta que el imputado registra dos causas en trámite, por lo cual en base al Fecha de firma: 20/12/2018 Alta en sistema: 21/12/2018 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., SECRETARIO #322832#224698013#20181220124403610 plenario más arriba mencionado, debería suspenderse el pronunciamiento sobre prescripción cuando, como sucede en autos, fue llamado a prestar declaración indagatoria en esos otros procesos.

  3. En primer lugar, y respecto a la aplicación como acto interruptor, de la posible comisión de otro delito por los procesos que tiene el encausado en trámite, este Tribunal ya ha sostenido, de acuerdo con la doctrina del fallo “Prinzo” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de esta ciudad, que viola el principio de legalidad consagrado por los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional y el artículo 9 de la CADH. Ello, en virtud de que...

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