Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala E, 9 de Abril de 2019, expediente CIV 007505/2014

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2019
EmisorCamara Civil - Sala E

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA E

E

X. 7505/2014

P. R. C. M C/G.

V.F.S. DE CONDOMINIO

Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los días del mes de abril de 2019, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Excma.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S. “E”, para conocer en el recurso interpuesto en los autos caratulados: “P, R, C.M.C..

V.F.S. DE

CONDOMINIO n°7505/2014”, respecto de la sentencia corriente a fs. 408/431, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada?

Practicado el sorteo resultó que la votación debía efectuarse en el siguiente orden: Señores Jueces de Cámara Doctores GALMARIN

I. DUPUIS.

RACIMO.

Sobre la cuestión propuesta el Dr. G. dijo:

I.-R. C.M.P. demandó a

V.F.G. por división de condominio y cobro de cánones locativos respecto del inmueble ubicado en la Av. R. n° 4117,

4° piso de CABA.

Según refiere, adquirió el inmueble junto al demandado, el 20 de octubre de 1998, correspondiéndole un cincuenta por ciento a cada uno de ellos. Relata que el Sr.

V.G. habita de manera exclusiva el departamento, que pese a los reclamos realizados intimándolo a la división de condominio y a abonar los cánones locativos,

siempre obtuvo una negativa del demandado.

En la sentencia de fs. 408/431, el Sr. Juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, en consecuencia, fijó un canon locativo en la suma de $ 3.000 a partir del año 2005 y decretó la división de condominio existente entre las partes respecto del inmueble referido. Difirió el monto de la condena por lo adeudado y la determinación de la forma de dividir el inmueble para la etapa de la ejecución de sentencia. Impuso las costas a la parte demandada.

El pronunciamiento fue recurrido por la parte demandada, quien expresó agravios a fs. 439/446.

Fecha de firma: 09/04/2019

Alta en sistema: 15/04/2019

Firmado por: J.C.G.D., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.M.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA E

Las quejas del apelante apuntan a cuestionar el enfoque realizado por el “a quo” respecto de la unión convivencial de las partes y lo relacionado a las políticas de género y protección de la mujer.

Refiere que el juez de primera instancia incurre en dos errores al dedicar parte de la sentencia a la cuestión discriminatoria y la referencia a una causa penal inexistente. Cuestiona además, lo decidido sobre el...

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